Disposición 222/2025
Se dan por finalizadas y asignadas las funciones del Abog. Horacio Raúl ALASIA en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.

La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
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Se dan por finalizadas y asignadas las funciones del Abog. Horacio Raúl ALASIA en el ámbito de la Subdirección General de Operaciones Aduaneras del Interior.
Esta disposición aprueba los nuevos lineamientos (Anexo I) y el nuevo modelo de certificado (Anexo II) para la tramitación de Certificados de Buenas Prácticas de Fabricación de plantas de medicamentos en el extranjero.
Se aprueban las “Condiciones Sanitarias para Autorizar el Uso y el Funcionamiento de Predios Cuarentenarios de Importación (PCI) para équidos importados a la REPÚBLICA ARGENTINA” y las “Condiciones Sanitarias para Autorizar el Uso y el Funcionamiento de Unidades de Aislamiento de Importación (UAI) para équidos importados a la REPÚBLICA ARGENTINA”.
Habilítase como depósito fiscal general para mercaderías de importación y exportación en favor de la firma JB INTERNATIONAL SERVICE S.R.L. (CUIT 30-71093722-9).
Reglamentación de la Ley de Impuesto a las Ganancias. Modificación.
Acuerdo de Complementación Económica N° 18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.110) Reducción temporaria del AEC de la NCM 2106.90.90 Límite cuantitativo: 50 toneladas, Plazo: 185 días Alícuota: 2%.
Se establecen los lineamientos de gestión para el tratamiento de la confidencialidad en materia aduanera, definiendo los criterios que determinan el carácter público o reservado de la información que ARCA obtiene en el ejercicio de sus facultades de control sobre el tráfico internacional de mercaderías.
Establece que las personas humanas o jurídicas que realicen actividades de importación, elaboración, envasado, fraccionamiento y/o acondicionamiento de productos cosméticos, de higiene personal y perfumes , de higiene oral de uso odontológico , higiénicos descartables de uso externo o higiénicos de uso intravaginal y domisanitarios deberán presentar una Declaración Jurada (Anexo I) para ejercer la actividad.
Impuesto a las Ganancias. Régimen de anticipos. Opción de reducción de anticipos. Procedimiento especial. Resoluciones Generales Nros. 5.211 y 5.246. Norma modificatoria y complementaria.
Se prorroga hasta el 1° de octubre de 2026 la exigibilidad del Marcado de Conformidad previsto en la Resolución 237/24 para los juguetes que se comercialicen junto con alimentos o cuyo envase esté en contacto directo con ellos.