
Cámara de Importadores de la República Argentina
La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.

La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
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Se aprueba el Tratado de Libre Comercio (TLC) celebrado entre el MERCOSUR y la República de Singapur, estableciendo un marco normativo para la desgravación arancelaria bilateral, la apertura recíproca en servicios y contratación pública, y disciplinas aduaneras de origen.
Intimación perentoria de la Aduana de Ezeiza a importadores para destinar mercaderías en rezago en un plazo improrrogable de 30 días previo pago de multas.
Acuerdo de Complementación Económica N° 18 (AAP.CE/18.190.185). Renueva y hace efectiva la reducción temporaria del Arancel Externo Común al 2% bajo un cupo anual de 2.500 toneladas para importar chapas de aleación de aluminio 5182 (NCM 7606.12.90).
Acuerdo de Complementación Económica N° 18 (AAP.CE/18.190.189 al 195). Renueva y hace efectiva la reducción temporaria del Arancel Externo Común al 2% bajo cupos anuales para importar insumos críticos: cera microcristalina (NCM 2712.90.00), derivados de benzotiazol (NCM 2934.20.20 y 2934.20.33), oligómeros TMQ (NCM 3812.31.00), caucho regenerado (NCM 4003.00.00), jarabe GOS (NCM 1702.90.00) y caseinato de calcio (NCM 3501.90.19).
Acuerdo de Complementación Económica N°18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.188). Rebaja temporaria del Arancel Externo Común al 2% para importar una cuota de 24.000 toneladas de diisocianato de tolueno (TDI) NCM 2929.10.21.
Cierre de la investigación por presunto dumping en la importación de lavarropas de hasta 13 kg, mercaderías que clasifica en las posiciones arancelarias de la N.C.M. 8450.11.00, 8450.12.00, 8450.19.00 y 8450.20.20, originarios de China sin aplicar derechos antidumping.
Se abre la consulta pública previa para aprobar el nuevo procedimiento de evaluación de impacto ambiental y dragado en puertos y vías navegables nacionales.
Se otorga la habilitación provisoria, comercial y de uso público al Puerto Las Palmas (Chaco) sobre el río Paraguay.
Se aprueba el reglamento obligatorio de ingreso y asignación de sitios de atraque en el Puerto de Ushuaia e instruye su ejecución operativa a la Administración General de Puertos (AGP).
Se intima por única vez a los titulares de mercaderías en rezago a solicitar una destinación aduanera autorizada dentro de 30 días corridos, previo pago de multas. Vencido dicho plazo, el Servicio Aduanero procederá a su decomiso, subasta, donación o destrucción conforme a la Ley 25.603.