Disposición 4550/2026
Obliga a importadores, laboratorios y a sus actores clave (directores técnicos, administradores y beneficiarios finales) a presentar certificados de antecedentes penales y una declaración jurada de origen lícito de fondos. Su presentación es estrictamente previa, siendo obligatoria al iniciar los trámites de habilitación, ampliación o modificación del establecimiento ante el organismo, o al designar autoridades técnicas, requisito ineludible y condición previa para avanzar con cualquier operación en el sector regulado.
