La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
Se abre la consulta pública previa para aprobar el nuevo procedimiento de evaluación de impacto ambiental y dragado en puertos y vías navegables nacionales.
Se aprueba el reglamento obligatorio de ingreso y asignación de sitios de atraque en el Puerto de Ushuaia e instruye su ejecución operativa a la Administración General de Puertos (AGP).
Se intima por única vez a los titulares de mercaderías en rezago a solicitar una destinación aduanera autorizada dentro de 30 días corridos, previo pago de multas. Vencido dicho plazo, el Servicio Aduanero procederá a su decomiso, subasta, donación o destrucción conforme a la Ley 25.603.
Autorización para la importación definitiva o temporal de ciertas pilas y baterías primarias. Ley N° 26.184 y su modificación. Resolución General N° 5.398. Su abrogación.
Establece el marco general obligatorio de identificación electrónica individual mediante microchip e implementa la Libreta Sanitaria Equina Digital y el Pasaporte Equino Digitalizado para el movimiento de équidos en todo el territorio nacional.
Prorroga con efecto retroactivo al 01/09/2026 una bonificación del 16,7 % en el peaje fluvial (Secciones 0.0 a 1.2) para buques que transiten por el Canal Martín García, rigiendo hasta que el nuevo concesionario de la Licitación N° 1/2025 tome posesión.
Apruébase la solicitud de adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), como Proyecto de Exportación Estratégica de Largo Plazo (PEELP), enmarcado en el sector “Petróleo y Gas”, subsector “Petroquímica y Fertilizantes”, y el plan de inversión presentados por Fértil Pampa SAU (CUIT N° 30-71875855-2).
Aprueba la nueva secuencia técnica de operaciones mínimas para fabricar acondicionadores de aire bajo el régimen de la Ley 19.640, flexibilizando los subconjuntos CKD y módulos premontados autorizados para acreditar origen. Establece que las industrias radicadas deberán adecuar sus procesos dentro de un plazo de 180 días corridos y tramitar un nuevo inicio de producción aduanero ante la DGA. La norma entra en vigencia a partir del 15 de diciembre de 2026.