Disposición 208/2025
Subasta pública de las mercaderías detalladas se efectuará bajo modalidad electrónica, a través de la página web del BANCO DE LA CIUDAD, el día 27/11/2025.

La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
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Subasta pública de las mercaderías detalladas se efectuará bajo modalidad electrónica, a través de la página web del BANCO DE LA CIUDAD, el día 27/11/2025.
Subasta Pública de la mercadería detallada, se efectuará bajo la modalidad electrónica, a través de la página web del BANCO DE LA CIUDAD, el día 27/11/2025.
Modificación del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal (Decreto 4.238/68) en lo referente al sistema de enfriamiento por aspersión (spray chilling) y al descanso de tropas.
Apertura de examen por expiración de plazo y cambio de circunstancias de las medidas antidumping dispuestas por la resolución 596/2020 del ex Ministerio de Desarrollo Productivo de “Tubos de aluminio sin alear o de aleaciones de aluminio…»originarias de China, mercaderías que clasifican en las posiciones arancelarias de la N.C.M. 7608.10.00 y 7608.20.90, sin mantener vigente la aplicación de dicha medida mientras dure el procedimiento de examen iniciado.
Apruébase el Procedimiento para la “Solicitud de Apertura de Mercado para Productos Agroindustriales”.
Subasta pública de las mercaderías detallas se efectuará por intermedio del BANCO de la CIUDAD DE BUENOS AIRES, bajo modalidad electrónica, a través de la página web, el día 20 de Noviembre de 2025.
Se modifica la Resolución N° 458/2025. Manual de Procedimientos, Criterios y Alcances para la autorización de establecimientos y/o de las personas humanas o jurídicas que intervengan en la cadena de elaboración en el mercado local, importación y/o exportación de productos fitosanitarios.
Habilítase como depósito fiscal general en favor de la firma JB INTERNATIONAL SERVICE S.R.L. (CUIT 30-71093722-9).
Desafectar del régimen de aduanas domiciliarias aprobado por Resolución N° 01/03 DGA, el predio ubicado en la Ruta Nacional Nº 8 Km. 60.
Los niveles máximos de consumo específico de energía o mínimo de eficiencia energética, quedará supeditada a la determinación del plazo de efectivización que fije la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos.