Resolución 64/2026
Se elimina la Mesa Técnica de Revisión de Importaciones del sector minero, suprimiendo la obligación de auditar compras al exterior frente a la producción local.

La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
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Se elimina la Mesa Técnica de Revisión de Importaciones del sector minero, suprimiendo la obligación de auditar compras al exterior frente a la producción local.
Renueva por 10 años la habilitación como depósito fiscal de uso particular a la firma MATERIA HNOS S.A.C.I.F. para 15 tanques en Dock Sud (Avellaneda).
Establece el uso obligatorio y exclusivo de la Plataforma Trámites a Distancia (TAD) para las gestiones de inscripción y reinscripción de importadores, exportadores y operadores de explosivos, nitrato de amonio, pirotecnia y sustancias químicas.
Crea el Consejo de Control de la Vía Navegable Troncal como un órgano consultivo y de monitoreo del sistema concesionado por peaje. Afecta directamente a los usuarios de la ruta fluvial, terminales portuarias, armadores y operadores de comercio exterior, ofreciendo un espacio institucional para elevar observaciones técnicas sobre el dragado, balizamiento y costos logísticos de las importaciones y exportaciones.
Delega operativamente en la Subsecretaría de Industria y Economía del Conocimiento la gestión, aprobación de adhesiones, prórrogas y liberación de garantías de regímenes industriales clave. Afecta a empresas importadoras y fabricantes automotrices/autopartistas, agilizando directamente trámites críticos de importación y regímenes de incentivo a la producción.
Transfiere el cobro de aranceles de importación y registros de alimentos de la ANMAT/INAL al SENASA, en el marco de la unificación del control alimentario.
Se reduce un 20% las tarifas máximas del servicio público de practicaje y pilotaje marítimo y fluvial.
Modifíquese la superficie del depósito fiscal particular de la firma MIRGOR S.A.C.I.F.I.A., CUIT Nº 30-57803607-1.
Reglamenta la modernización del Régimen de Importación de Líneas de Producción Usadas (Decreto 1174/16), digitalizando su gestión a través del TAD/GDE e incorporando un Manual de Usuario unificado. Afecta a empresas industriales e importadores que busquen ingresar plantas de producción usadas con beneficios tributarios, ordenando los plazos de rendición de cuentas, la garantía aduanera y el cálculo de compra de bienes nacionales.
Apertura de un examen de revisión (por expiración de plazo y cambio de circunstancias) de las medidas antidumping sobre las importaciones de porcellanato (NCM 6907.21.00) originarias de Brasil, China, Malasia y Vietnam, excluyendo a India del proceso. Se dejan sin efecto los derechos antidumping vigentes mientras dure la investigación, permitiendo que dichos orígenes ingresen temporalmente sin el recargo aduanero.