Resolución General 5880/2026
Certificado de Origen Digital (COD). Liberación de las garantías denominadas “Falta de Certificado de Origen MERCOSUR” (Código: FCEO).

La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
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Certificado de Origen Digital (COD). Liberación de las garantías denominadas “Falta de Certificado de Origen MERCOSUR” (Código: FCEO).
Sustituye el Anexo II de la Res. MSG 1275/17 para actualizar el Protocolo Único de Análisis de Estupefacientes y Directrices para la Elaboración del Informe Pericial conforme a estándares internacionales (UNODC, ENFSI, SWGDRUG). Afecta a: Fuerzas Federales de Seguridad, laboratorios forenses, peritos y operadores de comercio exterior que manejen precursores químicos o sustancias reguladas al estandarizar los criterios de muestreo, prueba y documentación técnico-pericial en incautaciones y controles.
Se implementa la declaración de origen (autocertificación) para el origen MERCOSUR (bajo el ACE N° 18), permitiendo a los productores y exportadores gestionar este requisito de manera digital a través de la plataforma TAD. La medida afecta directamente a los operadores de comercio exterior que operan en el bloque regional, agilizando el acceso a preferencias arancelarias sin intervención estatal previa, pero endureciendo el control ex post, la conservación documental por 5 años y las sanciones por incumplimientos.
Se aprueba el nuevo Plan Nacional de Control Integrado y Erradicación de la Garrapata del Bovino, modernizando los protocolos de fiscalización, trazabilidad digital (FIDHA/SIGSA) y regionalización sanitaria. La norma afecta directamente a productores ganaderos, veterinarios acreditados, transportistas y establecimientos faenadores, buscando preservar la sanidad del rodeo nacional y cumplir con los estrictos límites de residuos exigidos por los mercados internacionales de exportación.
Se crea el Registro de Operaciones de Exportación en el marco del Decreto 1.057/24 para hidrocarburos líquidos y Gas Licuado de Petróleo (GLP), estableciendo un procedimiento digital en TAD con silencio positivo y eliminando las ofertas web previas obligatorias.
Fija el cuadro tarifario máximo quinquenal en dólares para los servicios de uso de boya y almacenaje en la Terminal Marítima Puerto Rosales, operada por Otamerica Ebytem S.A.
Crea el Sistema Integrado de Gestión de Trazabilidad de Productos Veterinarios (SIGTRAZAVET) y formaliza la Receta Veterinaria Electrónica (RVE). La norma afecta directamente a importadores, exportadores, laboratorios, distribuidores y profesionales veterinarios, estableciendo la obligatoriedad de declarar digitalmente (dentro de las 96 horas para importaciones) toda la cadena de circulación, comercialización y uso de principios activos y productos veterinarios en la República Argentina para garantizar estándares internacionales de inocuidad y sanidad.
Apruébase la solicitud de adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), como Proyecto de Exportación Estratégica de Largo Plazo, enmarcado en el Sector “Petróleo y Gas”, Subsector “Explotación y Producción de Hidrocarburos Líquidos y Gaseosos Costa Adentro”, y el plan de inversión presentados por PAMPA ENERGÍA SA – SUCURSAL DEDICADA PROYECTO RDA, (CUIT N° 30-71901911-7).
Renuévase la habilitación del depósito fiscal general oportunamente otorgada por Actuación N° 17944-42-2016 PFAA-2004-7 (ANSTTI N° S/N a orden #0459) a TRANSPORTES MONTALVAN S.A. (CUIT 30694758254).
Se abrogan ocho normativas vinculadas al control fitosanitario y a la importación de productos agropecuarios (como maquinaria usada, papa semilla y bananas). Esta medida impacta directamente en importadores y operadores de comercio exterior al depurar el marco regulatorio de exigencias superadas por la modernización tecnológica y los sistemas actuales de trazabilidad.