Resolución 850/2025
Se incorpora el Numeral 16.9.28 “Pitina” al Capítulo XVI – CHACINADOS.

La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
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Se incorpora el Numeral 16.9.28 “Pitina” al Capítulo XVI – CHACINADOS.
Se sustituye el texto del Numeral 16.5.12 del Capítulo XVI – CHACINADOS del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal.
Se aprueba el DIGESTO NORMATIVO, que unifica y sistematiza todas las regulaciones sobre la cadena de valor vitivinícola: producción, industrialización, fraccionamiento, circulación, comercialización, exportación e importación de vinos, mostos y demás productos. También incluye los procedimientos de control, fiscalización y sanciones a cargo del INV.
Modificación del Reglamento de Inspección de Productos, Subproductos y Derivados de Origen Animal (Decreto 4.238/68) en lo referente al sistema de enfriamiento por aspersión (spray chilling) y al descanso de tropas.
Apertura de examen por expiración de plazo y cambio de circunstancias de las medidas antidumping dispuestas por la resolución 596/2020 del ex Ministerio de Desarrollo Productivo de “Tubos de aluminio sin alear o de aleaciones de aluminio…»originarias de China, mercaderías que clasifican en las posiciones arancelarias de la N.C.M. 7608.10.00 y 7608.20.90, sin mantener vigente la aplicación de dicha medida mientras dure el procedimiento de examen iniciado.
Apruébase el Procedimiento para la “Solicitud de Apertura de Mercado para Productos Agroindustriales”.
Se modifica la Resolución N° 458/2025. Manual de Procedimientos, Criterios y Alcances para la autorización de establecimientos y/o de las personas humanas o jurídicas que intervengan en la cadena de elaboración en el mercado local, importación y/o exportación de productos fitosanitarios.
Habilítase como depósito fiscal general en favor de la firma JB INTERNATIONAL SERVICE S.R.L. (CUIT 30-71093722-9).
Desafectar del régimen de aduanas domiciliarias aprobado por Resolución N° 01/03 DGA, el predio ubicado en la Ruta Nacional Nº 8 Km. 60.
Se aprueba la norma técnica para la identificación electrónica obligatoria (binomio visual + RFID) de bovinos, bubalinos y cérvidos. Rige desde el 01/01/2026 y deroga el sistema visual (CUIG). Se regula la reidentificación de animales importados (Art. 14) y la recuperación obligatoria de dispositivos en faena (Art. 18).