Resolución 92/2022

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 92/2022

RESOL-2022-92-E-AFIP-SDGOAI

 

Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2022

VISTO lo tramitado en el expediente N° EX-2020-00803101-AFIP-ADCORD#SDGOAI del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que el presente se inicia como un pedido de modificación de la habilitación oportunamente concedida por RESOL-2017-94-APN-DGADUA#AFIP de fecha 20 de octubre de 2017, al depósito fiscal general de la firma TORTONE S.A.C.I.F.I., CUIT 30-54035856-3, ubicado en Av. VELEZ SARSFIELD 4000, Provincia de CÓRDOBA, con una superficie total de 5.432,45 m² (CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y DOS CON CUARENTA Y CINCO METROS CUADRADOS), conforme la Resolución General N° 3871.

Que en el marco de la actuación referenciada, archivo embebido al IF 2020-00802981-AFIPADCORD#SDGOAI, se solicita la ampliación del tipo de mercadería que resulta susceptible de almacenar, para lo cual se aporta la habilitación municipal correspondiente en la que se señala expresamente que se autoriza mercadería IMO, comprendida en Clase 3 (hasta 200 metros cuadrados) -4,2-4,3-5,1-6,1-8 y 9 según Ordenanza N 12.052/12.

Que asimismo mediante IF-2021-00543236-AFIP-ADCORD#SDGOAI de fecha 20 de mayo de 2021, se plantea la necesidad de modificar la superficie consignada en la habilitación original conforme al plano incorporado al orden 8 del citado IF y prorrogar el plazo de vigencia de la habilitación oportunamente otorgada teniendo en cuenta que la firma resulta ser la titular del predio donde se asienta el depósito, lo que acredita con la documental obrante IF-2020-00802844-AFIP-ADCORD#SDGOAI – de fecha 17 de noviembre 2020 .

Que a fin de que se autorice lo expuesto en el marco de la Resolución General N° 4352 y modificatoria que reemplaza a la Resolución General 3871, la firma aporta la documental requerida por la normativa en vigencia, la que obra compilada por la Aduana local en IF-2022-00280663-AFIP-ADCORD#SDGOAI de fecha 24 de febrero de 2022.

Que a través del IF-2022-00459951-AFIP-DVANTE#DGADUA de fecha 29 de marzo 2022, la Dirección de Reingeniería de Procesos Aduaneros informa que el scanner propuesto por el interesado satisface lo establecido en el documento “III Escáner de Rayos X para la inspección no intrusiva de bultos, cargas y pallets, con tecnología simple vista”.

Que el Departamento Nuevas Tecnologías y Proyectos Especiales Aduaneros tomó la intervención que le compete conforme el Pto 10.6 del Anexo III de la Resolución General N° 4352 y modificatoria en lo que respecta al cumplimiento de los aspectos técnicos del Sistema de Circuito Cerrado de Televisión (CCTV) que tiene instalado el depósito en trato, destacando en el IF-2022-01950772-AFIP-DENTPE#DIREPA de fecha 25 de octubre de 2022, el total cumplimiento de las especificaciones técnicas requeridas.

Que asimismo tomó intervención la División Control Operacional dependiente del Departamento Centro Único de Monitoreo Aduanero, manifestando mediante IF-2022-02092047-AFIPDVCORADECUMA#SDGCAD de fecha 11 de noviembre de 2022 que el punto operativo cumplimenta los requisitos de la Resolución General N° 4352 y modificatorias.

Que en función de lo expuesto y habiendo tomado intervención las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera mediante IF-2022-02200744-AFIP-DILEGA#SDGTLA, de Asuntos Jurídicos a través del IF-2022-02231483-AFIP-DVDRTA#SDGASJ y las áreas competentes de esta Subdirección General, corresponde autorizar las modificaciones solicitadas acorde a la autorización otorgadas por la autoridad municipal, al plano aportado y extender la vigencia de la habilitación por el plazo máximo estipulado en la normativa en vigencia, siempre que se mantengan las condiciones tenidas en cuenta para la habilitación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo N° 1 de la Disposición N° DI-2018-6-E-AFIP-DGADUA.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°.-Extiéndase la vigencia de la habilitación otorgada por RESOL-2017-94-APNDGADUA#AFIP, de fecha 20 de octubre de 2017, hasta el hasta el 20 de Octubre de 2027, conforme lo establecido en el Apartado V, punto I del Anexo I de la Resolución General 4352 y modificatorias.

ARTICULO 2°.– Modifíquese la habilitación otorgada por RESOL-2017-94-APN-DGADUA#AFIP, de fecha 20 de octubre de 2017, respecto del depósito fiscal general de la firma “TORTONE S.A.C.I.F.I.” CUIT 30-54035856-3, ubicado Av. VELEZ SARSFIELD 4000, Pcia de CÓRDOBA, en jurisdicción de la Aduana CÓRDOBA, incluyendo la posibilidad de almacenar mercadería IMO, Clase 3 (hasta 200 metros cuadrados) -4,2-4,3-5,1-6,1-8 y 9 según Ordenanza N 12.052/12, conforme Resolución General N° 4352 y modificatoria.

ARTICULO 3°.– Modifíquese la superficie habilitada como depósito fiscal general estableciéndose que la misma comprende una superficie total de 5.434,46 m² (CINCO MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON CUARENTA Y SEIS METROS CUADRADOS) acorde al plano adjunto en IF-2021-00543236-AFIP-ADCORD#SDGOAI de fecha 20 de mayo de 2021.

ARTICULO 4 °.– Establécese que la vigencia operativa del depósito fiscal en la Tabla de Lugares Operativos (LOT) del Sistema Informático MALVINA o la que en el futuro la reemplace, quedará sujeta al mantenimiento por parte del permisionario de los requisitos, condiciones operativas, documentales y tecnológicas establecidas en los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución General N° 4352 y modificatorias tenidas en cuenta para su habilitación.

ARTICULO 5°.– Regístrese. Comuníquese. Dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera CENTRAL y la Aduana CORDOBA. Por la División Zonas Primarias y Fronteras, notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado y remítase copia para conocimiento a la Subdirección General de Control Aduanero.

Rubén Cesar Pave

e. 19/12/2022 N° 103142/22 v. 19/12/2022

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