Resolución 496/2023
Ingreso de fruta cítrica hospedante de Mosca de los Frutos a las Áreas Libres.
La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
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Ingreso de fruta cítrica hospedante de Mosca de los Frutos a las Áreas Libres.
Apertura de examen por expiración del plazo de la medida antidumping dispuesta por la Resolución N° 239/2018 de “Aparatos de funciones múltiples, provistos de accesorios intercambiables, para procesar alimentos, de uso manual; batidora de uso manual, incluso presentadas con accesorios y licuadoras”, originarias de la REPÚBLICA POPULAR CHINA, mercadería que clasifica en las posiciones arancelarias de la N.C.M. 8509.40.50, 8509.40.20 y 8509.40.10.
Suspéndense los efectos de las Resoluciones 05/18 (lana de vidrio 7019.39.00); 45/18 (Ortoftalato 2917.32.00); 297/19 (óxido de cinc 2817.00.10); 1272/19 (resinas poliéster 3907.91.00); 553/20 (Poli tereftalato de etileno 3907.61.00); 131/21 (Fungicidas a base de hidróxido de cobre 3808.92.91); 526/21 (Diisocianato de Tolueno 80:20 2929.10.21); 748/22 (Poli tereftalato de etileno 3907.61.00) , 764/22 (Benzoato de sodio 2916.31.21); 330/23 (Fungicidas a base hidróxido de cobre 3808.92.91).
Desígnase al Abogado y Contador Público Guillermo Michel (M.I. N° 25.661.121) Coordinador General de la Unidad de Seguimiento, Trazabilidad y Promoción de las Operaciones de Comercio.
Apertura de investigación por presunto dumping de “Cierres de cremallera y cintas, con dientes de metal común, de monofilamento de nailon o poliéster y de plástico inyectado”, originarias de la CHINA, BRASIL, INDIA, INDONESIA y PERÚ, mercadería que clasifica en las posiciones arancelarias de la N.C.M. 9607.11.00, 9607.19.00 y 9607.20.00.
Apruébanse los modelos de “Protocolo de requisitos fitosanitarios para la exportación de maíz y sorgo desde Argentina a China que como Anexos forman parte integrante de la presente medida”.
Reconócese el origen de las alfombras clasificadas en la posición arancelaria de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (N.C.M.) 5703.30.00, fabricadas y exportadas a la REPÚBLICA ARGENTINA por la firma BELGOTEX DO BRASIL INDUSTRIA DE CARPETES LTDA.
Incorpóranse al listado del Anexo que registrado con el Nº IF-2023-41491100-APN-SSABDR#MEC forma parte integrante de la Resolución N° 138/2023 de la SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA del MINISTERIO DE ECONOMÍA, las mercaderías cuyas posiciones arancelarias del Nomenclador Común del MERCOSUR (N.C.M.).
Apruébase la solicitud de adhesión de la firma BAPLAST S.R.L. (C.U.I.T. N° 33-61331912-9) a los beneficios y obligaciones establecidos en el Decreto N° 727/21 en relación a su proyecto para la fabricación de “Compuestos de policloruro de vinilo PVC; Preformas de PET”.
Apruébase la solicitud de adhesión de la firma VINISA FUEGUINA SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA (C.U.I.T. N° 30-57100296-1), a los beneficios y obligaciones establecidos en el Decreto N° 727/21 en relación a su proyecto para la fabricación de “Compuestos de PVC; Compuestos de caucho termoplásticos; Preformas de PET”.