Disposición 176/2022

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN ADUANA DE EZEIZA

Disposición 176/2022

DI-2022-176-E-AFIP-DIADEZ#SDGOAM

 

Ciudad de Buenos Aires, 09/08/2022

VISTO, lo establecido en el Artículo 417 y siguientes de la Ley N° 22.415, la Ley N° 25.603, el CONVE-2020-00621694-AFIP- y lo dispuesto en la Actuación SIGEA Nº 17130-321-2022, y

CONSIDERANDO:

Que, el 22 de septiembre de 2020 se suscribió una Adenda al Convenio N°12/2015 (AFIP) firmado entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y el BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, que permite la celebración de subastas públicas bajo la modalidad electrónica a través de la plataforma web de la citada entidad bancaria.

Que, la mercadería detallada en los Anexos IF-2022-01233009-AFIP-SEGEZE#SDGOAM, IF-2022-01233004-AFIP-SEGEZE#SDGOAM, IF-2022-01235231-AFIP-SEGEZE#SDGOAM, fue ofrecida en subastas de fecha 24/06/2016, 30/08/2019, 22/10/2020, 17/12/2020, 11/03/2021, 27/05/2021, 05/08/2021 y 13/01/2022, resultando sin postor, por lo cual la misma se procede a ofrecer con un valor base inferior en las condiciones que fija el Art. 423 Apartado II de la Ley N° 22.415.

Que, los valores indicados para la comercialización de la mercadería descripta en el Anexo IF-2022-01233009-AFIP-SEGEZE#SDGOAM se han ajustado a la I.G. 7/2004 DGA.

Que, la mercadería detallada en los Anexos IF-2022-01233009-AFIP-SEGEZE#SDGOAM / IF-2022-01233004-AFIP-SEGEZE#SDGOAM / IF-2022-01235231-AFIP-SEGEZE#SDGOAM / IF-2022-01247467-AFIP-SEGEZE#SDGOAM, se encuentra verificada, clasificada y aforada por la División Control Simultáneo de la Dirección Aduana de Ezeiza.

Que, la mercadería en cuestión no requiere la intervención previa de terceros Organismos para su retiro a plaza.

Que la mercadería incluida en la presente no reúne las características necesarias para ser encuadrada en el art. 5° de la Ley N.° 25.603, por no resultar de interés para el debido cumplimiento de las actividades específicas asignadas a los diversos Organismos del Estado Nacional.

Que, la comercialización impulsada en la presente se efectuará en pública subasta, bajo modalidad electrónica en los términos del Convenio citado en el Visto.

Que, las condiciones de venta establecidas para el proceso de subasta pública, como así también el catálogo correspondiente con el detalle de los valores base, descripción y fotografías de los bienes, se encontrará disponible para la exhibición correspondiente en la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/.

Que, la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por las Disposición AFIP Nº 79/16 Estructura Organizativa, sus modificatorias y complementarias y DI-2022-122-E-AFIP-AFIP.

Por ello,

EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN ADUANA DE EZEIZA

DISPONE

ARTÍCULO 1°.- Autorizar la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben -con la debida antelación y bajo modalidad electrónica-, por intermedio del BANCO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES, al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican en los Anexos IF-2022-01233009-AFIP-SEGEZE#SDGOAM / IF-2022-01233004-AFIP-SEGEZE#SDGOAM / IF-2022-01235231-AFIP-SEGEZE#SDGOAM / IF-2022-01247467- AFIP-SEGEZE#SDGOAM que forman parte integrante del presente acto.

ARTÍCULO 2°.- La subasta pública de las mercaderías detalladas se efectuará bajo modalidad electrónica a través de la página web del BANCO DE LA CIUDAD de BUENOS AIRES https://subastas.bancociudad.com.ar/ , de acuerdo a los términos y condiciones allí previstas, el día 25 de Agosto de 2022, a las 12 hs.

ARTÍCULO 3°.– Publicar la presente subasta en el Boletín Oficial de la República Argentina, por el plazo de UN (1) día, como así también en el sitio web oficial de la Administración Federal de Ingresos Públicos.

ARTÍCULO 4°: – Regístrese y comuníquese. Cumplido, de no mediar trámite ulterior archívese en la Sección Gestión de Rezagos de la Dirección Aduana de Ezeiza.

Carlos Raúl Aguiar

Anexo 1 Anexo 2 Anexo 3 Anexo 4

e. 10/08/2022 N° 61424/22 v. 10/08/2022

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