Resolución 11/2026
Modifíquese la superficie del depósito fiscal particular de la firma INDUSTRIAS JOHN DEERE S.A., CUIT N.º 30-50372023-6.

La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
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Modifíquese la superficie del depósito fiscal particular de la firma INDUSTRIAS JOHN DEERE S.A., CUIT N.º 30-50372023-6.
Prorroga hasta el 30/04/2026 la bonificación del peaje en el tramo Santa Fe-Confluencia (VNT), manteniendo la tarifa internacional en USD 1,30 por TRN (Res. 13/24).
Protocolo de Enmienda del Acuerdo de Marrakech por el que se establece la Organización Mundial del Comercio – Acuerdo sobre Subvenciones a la Pesca
Apruébase el estudio de prefactibilidad del proyecto de depósito fiscal general presentado por el CORREO OFICIAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA S.A. (CUIT N° 30-70857483-6).
Se establece el Manual de Procedimientos obligatorio para estandarizar las auditorías sobre los beneficios de la Ley 24.196., Régimen de Inversiones Mineras.
GLP – Reemplazo obligatorio de válvulas para garrafas de 10 y 15 kg. Se aprueba el listado de lotes de modelos de válvulas «Universal» fabricadas entre 1960 y 1971 que deben ser reemplazadas por obsolescencia técnica y riesgo para la seguridad pública.
Simplificación de trámites: Se elimina la exigencia de presentar habilitaciones municipales o provinciales para gestiones ante el SENASA (ej. registros de importación de productos veterinarios o terminales de carga). La medida no exime del cumplimiento de las normas locales, sino que suprime su acreditación obligatoria ante el organismo nacional.
Se simplifica la obtención de la LCA mediante la validación de homologaciones (CVHAE/CVHAL) y constancias técnicas de etiquetado (CTEAV). El nuevo sistema agiliza la inscripción ante la DNRPA vía TAD, eliminando la presentación de protocolos de ensayo.
Se eliminan las restricciones vigentes desde 2012 para el examen de patentes químico-farmacéuticas, permitiendo al INPI aplicar criterios de patentabilidad alineados con prácticas internacionales.
Porcelanatos N.C.M. 6907.21.00 de Brasil y China: Firmas Mohawk (Brasil) y Foshan Junjing (China) pierden beneficio de compromiso de precios y quedan sujetas al derecho antidumping.