Resolución 4/2026
Se modifica el depósito fiscal general de la firma PRODUCTORES DE ALCOHOL DE MELAZA S.A (PAMSA) CUIT 30-56867491-6.

La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
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Se modifica el depósito fiscal general de la firma PRODUCTORES DE ALCOHOL DE MELAZA S.A (PAMSA) CUIT 30-56867491-6.
Se aprueba la prefactibilidad del proyecto de habilitación de un depósito fiscal general presentado por la firma SABORES ANDINOS S.R.L CUIT Nº 30714240133, provincia de Jujuy.
Se modifica la superficie del depósito fiscal general del “INSTITUTO DE DESARROLLO INDUSTRIAL, TECNOLOGICO Y DE SERVICIO”, CUIT N° 30-70822845-8 , habilitado por Resolución Nº 46/2021.
Se habilita el depósito fiscal general de la firma ALBORADA COMEX S.R.L., CUIT N° 30-71772777-7.
Se establece el trámite único de acreditación en el Sistema Único de Registro (SUR) del SENASA para veterinarios privados y técnicos, inspectores sanitarios, vacunadores y/u otros operadores privados. NCM: 2103.20.90; 6116.10.00; 5406.00.10, 9405.11.90; 3004.90.59; 9617.00.10; 8507.10.90; 4602.12.00; 2206.00.90; 6106.10.00; 8526.92.00; 9405.49.00; 6116.10.00; 8517.13.00 y 4202.12.10.
Se establece el trámite único de acreditación en el Sistema Único de Registro (SUR) del SENASA para veterinarios privados y técnicos, inspectores sanitarios, vacunadores y/u otros operadores privados.
Apruébase la solicitud de adhesión al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI), enmarcado en el sector “Minería”, subsector “Minerales de primera y segunda categoría del Código de Minería de la Nación (excluidos potasio y litio)”, y el plan de inversión presentado por MINAS ARGENTINAS SA CUIT 30-71915462-6.
Se establece el procedimiento para la distribución de los cupos de exportación e importación de vehículos entre Argentina y Brasil bajo el Acuerdo de Complementación Económica N° 14.
Apertura de investigación por presunto dumping de “Máquinas de lavar ropa de capacidad unitaria, expresada en peso de ropa seca, inferior o igual a 13 kilogramos…”, originarias de la REPÚBLICA POPULAR CHINA, mercaderías que clasifican en las posiciones arancelarias de la N.C.M. 8450.11.00; 8450.12.00; 8450.19.00; 8450.20.20.
Se distribuye la cantidad de 2.214,400 tm que en materia de productos lácteos se establecen para las partidas 0402.10 – Leche y nata (crema); 0402.2 – Leche y nata (crema) en polvo, gránulos o demás formas sólidas y 0402.9 – Las demás Leche y Nata (crema), con destino a la REPÚBLICA DE COLOMBIA.