Resolución General 5812/2026
Desistimiento de la solicitud de destinación de exportación. Resolución General N° 1.921, sus modificatorias y complementarias. Su modificación.

La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
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Desistimiento de la solicitud de destinación de exportación. Resolución General N° 1.921, sus modificatorias y complementarias. Su modificación.
Se reconoce el origen declarado de la vajilla clasificada en la posición arancelaria de la N.C.M. 6911.10.10, cuyo vendedor es la firma DISTECNA S.A. de la REPÚBLICA ORIENTAL DEL URUGUAY, fabricada y exportada por la firma PT HAENG NAM SEJAHTERA INDONESIA de la REPÚBLICA DE INDONESIA, e importada por la firma GRUPO INTRENDA S.A.
Procédese al cierre del procedimiento de Verificación de Origen No Preferencial. Se reconoce el origen declarado de artículos de vajilla y demás artículos de uso doméstico, clasificados en la posición arancelaria de la N.C.M. 6912.00.00, fabricados y exportados por la firma ROYAL CERAMICS CO. LTD. del REINO DE TAILANDIA, e importadas por la firma POTIERS HOME DECO S.R.L.
Acuerdo de Complementación Económica N° 18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18). Actualizar el Régimen de Origen del MERCOSUR.
Acuerdo de Complementación Económica N° 18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.154, 155, 156, 157, 158, 159, 160, 161 y 162), por el plazo de 365 días se reduce a 2% el AEC de las NCM 1517.90.90 (mezclas de aceites para fórmulas infantiles), 1901.10.10 (leches en diferentes presentaciones), 2106.90.90 (fórmulas de inicio y preparaciones alimenticias) y 8452.10.00 (máquinas de coser domésticas). Además, para la NCM 2202.99.00, que abarca diversas bebidas alimenticias para propósitos médicos específicos, la reducción arancelaria es al 0%.
Controles aduaneros en el paso fronterizo Pepirí Guazú (AR) – Sao Miguel (BR). Resolución General N° 4.169 y sus modificatorias. Su complementaria.
Procedimiento. Domicilio Fiscal. Resolución General N° 2.109, sus modificatorias y su complementaria. Su sustitución.
Reducción del 2% del AEC de la NCM 2833.11.10, por 365 días.
Subasta pública de las mercaderías detallas en el Anexo se efectuará por intermedio del BANCO de la CIUDAD DE BUENOS AIRES, bajo modalidad electrónica, a través de la página web, en la fecha que se anuncie en la mencionada página.
Desígnase Administrador Nacional al doctor Luis Eduardo FONTANA.