Resolución 7/2026

Procédese al cierre del procedimiento de Verificación de Origen No Preferencial. Se reconoce el origen declarado de artículos de vajilla y demás artículos de uso doméstico, clasificados en la posición arancelaria de la N.C.M. 6912.00.00, fabricados y exportados por la firma ROYAL CERAMICS CO. LTD. del REINO DE TAILANDIA, e importadas por la firma POTIERS HOME DECO S.R.L.

Tratados y Convenios Internacionales

Acuerdo de Complementación Económica N° 18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.154, 155, 156, 157, 158, 159, 160, 161 y 162), por el plazo de 365 días se reduce a 2% el AEC de las NCM 1517.90.90 (mezclas de aceites para fórmulas infantiles), 1901.10.10 (leches en diferentes presentaciones), 2106.90.90 (fórmulas de inicio y preparaciones alimenticias) y 8452.10.00 (máquinas de coser domésticas). Además, para la NCM 2202.99.00, que abarca diversas bebidas alimenticias para propósitos médicos específicos, la reducción arancelaria es al 0%.