Resolución Conjunta 2/2022
Apruébanse e incorpóranse como ítems 29 y 30 al cuadro obrante a continuación del punto a) “Requerimientos de seguridad exigidos para la categoría M, N y O” del Anexo B del Decreto Nº 779 de fecha 20 de noviembre de 1995 y sus modificatorios, los Requisitos Técnicos de Seguridad Activa y Pasiva que deben cumplir los vehículos fabricados o transformados (adaptados) para el traslado de una persona en silla de ruedas.
