Resolución Conjunta 25/2021
Incorpórase el Artículo 911 quater al Código Alimentario Argentino (CAA) el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 911 quater: Con el nombre de Baya de Goji, se entiende el fruto limpio y desecado/deshidratado de Lycium barbarum, de forma ovalada y de color rojo morado.”.
