Disposición 7939/2025
Establece que las personas humanas o jurídicas que realicen actividades de importación, elaboración, envasado, fraccionamiento y/o acondicionamiento de productos cosméticos, de higiene personal y perfumes , de higiene oral de uso odontológico , higiénicos descartables de uso externo o higiénicos de uso intravaginal y domisanitarios deberán presentar una Declaración Jurada (Anexo I) para ejercer la actividad.
