Disposición 70/2022
Autorizar la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben -con la debida antelación y bajo modalidad electrónica-, de acuerdo al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo.

La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
Autorizar la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben -con la debida antelación y bajo modalidad electrónica-, de acuerdo al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo.
Autorizar la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben -con la debida antelación y bajo modalidad electrónica-, de acuerdo al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo.
Acuerdos, protocolos y planes de trabajo bilaterales en materia fitosanitaria para el comercio o tránsito internacional de productos y subproductos de origen vegetal.
Apruébase la solicitud de adhesión de la firma TELECOMUNICACIONES FUEGUINAS S.A. (C.U.I.T. N° 30-71149852-0), a los beneficios y obligaciones establecidos en el Decreto Nº 727/2021.
Apruébase la solicitud de adhesión de la firma K.M.G. FUEGUINA S.A. (C.U.I.T. N° 30-71189252-0), a los beneficios y obligaciones establecidos en el Decreto Nº 727/2021.
Apruébase la solicitud de adhesión de la firma SONTEC ARGENTINA SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T. N° 33-62325509-9), a los beneficios y obligaciones establecidos en el Decreto Nº 727/2021.
Cierre del examen por expiración del plazo de las medidas antidumping dispuestas por la Resolución N° 96/2017 de “Unidades compresoras a tornillos para gases (excepto aire), incluso las del tipo de las utilizadas en instalaciones frigoríficas, con capacidad de desplazamiento volumétrico mayor o igual a 200 m3/h, incluso con tablero y motor de accionamiento”, originarias de la REPÚBLICA FEDERATIVA DEL BRASIL, mercadería que clasifica en las posiciones arancelarias de la N.C.M. 8414.30.99 y 8414.80.32.
Apertura de examen por expiración del plazo de las medidas antidumping dispuestas por la resolución 1103/2019 de “Poli (tereftalato de etileno), en gránulos, de viscosidad intrínseca superior o igual a cero coma siete (0,7) dl/g pero inferior o igual a cero coma ochenta y seis (0,86) dl/g”, originarias de la República de Corea, de la República Popular China y de la República de la India, mercadería que clasifica en la posición arancelaria de la N.C.M. 3907.61.00.
Autorizar la venta total de la mercadería correspondientes al Acta Lote N° 19045GSM001968, la cuales se detalla en el Anexo IF-2022-01845935-AFIP-ADPOCI#SDGOAI, el que integra la presente; en el estado en que se encuentran y exhiben con la debida antelación, y bajo modalidad electrónica, de acuerdo al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican.
Autorizar la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben, con la debida antelación y bajo modalidad electrónica, por intermedio del BANCO de la CIUDAD DE BUENOS AIRES.