Resolución 31/2025

AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS

Resolución 31/2025

RESOL-2025-31-E-ARCA-DGADUA

 

Ciudad de Buenos Aires, 31/10/2025

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2025-02245027- -ARCA-SRRODVMENT#SDGPCI y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución General N° 596 AFIP del 17 de mayo de 1999 y sus modificatorias, se estableció el régimen de Aduanas Domiciliarias por el cual las empresas que reúnan determinados requisitos pueden proceder al desaduanamiento de las mercaderías que ingresen o egresen de sus establecimientos o depósitos mediante tránsitos o traslados consignados a tales empresas o por ellas destinadas.

Que conforme lo establecido en el artículo 5° de la citada Resolución General mediante Resolución N° 01/03 de la Dirección General de Aduanas (DGA) de fecha 14 de enero, se aceptó la inclusión de la empresa KIMBERLY CLARK ARGENTINA S.A. y su controlada KCK TISSUE S.A. al régimen de Aduanas Domiciliarias, con ubicación de los establecimientos en Ruta Nacional Nº 8 Km. 60, calle 10 entre 9 y 11, Parque Industrial Pilar, Provincia de Buenos Aires y Ruta Nacional Nº 147, Km. 809,320, San Luis, Provincia de San Luis.

Que mediante el expediente citado en el visto la empresa KIMBLERLY CLARK S.A. solicita la desafectación de la aduana domiciliaria ubicada en Ruta Nacional Nº 8 Km. 60, calle 10 entre 9 y 11, Parque Industrial Pilar, Provincia de Buenos Aires, en atención al cierre de dicho predio.

Que han tomado la intervención de su competencia las áreas pertinentes de la Dirección Aduana de Buenos Aires.

Que en consecuencia corresponde adecuar la normativa vigente a los cambios solicitados por la empresa.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 9° inciso 2 aparatado p) del Decreto Nº 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y complementarios, y por el Decreto N° 953 del 24 de octubre de 2024.

Por ello,

EL DIRECTOR GENERAL DE ADUANAS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Desafectar del régimen de aduanas domiciliarias aprobado por Resolución N° 01/03 DGA, el predio ubicado en la Ruta Nacional Nº 8 Km. 60, calle 10 entre 9 y 11, Parque Industrial Pilar, Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 2°.- Dese conocimiento a las Subdirecciones Generales de Operaciones Aduaneras Metropolitanas y de Operaciones Aduaneras del Interior de esta Dirección General de Aduanas.

ARTÍCULO 3°.– Comuníquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese.

Jose Andres Velis

e. 04/11/2025 N° 83361/25 v. 04/11/2025

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