agosto 3, 2026

Aviso Oficial

Acuerdo de Complementación Económica N°18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.181, 182, 183 y 184). educción transitoria del AEC al 0% o 2% por razones de abastecimiento para las NCM 2106.90.90 (fórmula para lactantes), 2937.12.00 (insulina), 3004.90.69 (darolutamida) y 2836.20.10 (carbonato de sodio anhidro).

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Decreto 697/2026

Centraliza en SENASA el control, fiscalización y registro de importaciones de alimentos, desplazando la operatividad del INAL/ANMAT. Se exime del registro previo en el CAA a insumos, aditivos y alimentos avalados por países de alta vigilancia (Anexo III del Decreto N° 35/2025) mediante declaración jurada, y se establece la aprobación provisoria automática de registros locales tras 30 días sin respuesta oficial.

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