Disposición 140/2021

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ADUANA POSADAS

Disposición 140/2021

DI-2021-140-E-AFIP-ADPOSA#SDGOAI

 

Posadas, Misiones, 07/09/2021

VISTO, lo establecido en los artículos 417 y siguientes de la Ley 22415, la Ley N° 25.603, el CONVE-2020-00621694-AFIP- y

CONSIDERANDO:

Que el 22 de septiembre de 2020 se suscribió una adenda al convenio N°12/2015 (AFIP) firmado entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y el BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES, que permite la celebración de subastas públicas bajo la modalidad electrónica a través de la plataforma web de la citada entidad bancaria.

Que mediante E-mail N° 419/2020 de la Aduana de Posadas, propone incluir para su comercialización en subasta pública mediante el convenio mencionado en el párrafo anterior, mercaderías decomisadas correspondiente al acta lote 2015-046-000246, el cual contenia 59 items de lapiceras de distintos modelos y maletines.

Que por las DI-2021-6-E-AFIP-ADPOSA#SDGOAI, DI-2021-56-E-AFIP-ADPOSA#SDGOAI y DI-2021-115-E-AFIP-ADPOSA#SDGOAI se autorizó la comercialización en forma fraccionada de las mercaderías las cuales se llevaron a cabo mediante subastas Nros. 2350 del 02/02/2021, 2380 del 19/04/2021, 2476 del 18/08/2021 y 2477 del 19/08/2021, resultando de todas ellas la comercialización parcial de las mercaderías ofrecidas, quedando un remanente sin postor.

Que la División Coordinación de Secuestros y Rezagos de la Dirección Coordinación y Evaluación Operativa Aduanera, en coordinación con las autoridades del Banco Ciudad de Buenos Aires, sugieren ofrecer nuevamente el remanente de las mercaderías del lote 2015-046-000246, que se detallan en el anexo IF-2021-01025174-AFIP-OMSRADPOSA#SDGOAI el día 30/09/2021 a partir de las 12 hs.

Que de acuerdo a lo dispuesto en el Art 431 Apartado II de la Ley 22415 e Instrucción General 7/2004 DGA, se procede a ofrecer las misma a un valor base inferior en las condiciones que fija la reglamentación antes mencionada.

Que el presente acto, coadyuva al cumplimiento de un objeto prioritario de la DIRECCIÓN GENERAL DE ADUANAS, en materia de descongestionamiento de los depósitos y la reducción de los costos por almacenaje de las mercaderías cuya guarda y custodia tiene encomendada.

Que la comercialización impulsada en la presente se efectuará en pública subasta, bajo modalidad electrónica en los términos del convenio citado en el visto.

Que las condiciones de venta establecidas para el proceso de subasta pública, como así también el catalogo correspondiente con el detalle de los valores base, descripción y fotografías de los bienes, se encontrará disponible para la exhibición correspondiente en la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/.

Que ha tomado conocimiento la División Evaluación y Control de Procesos Operativos Regionales de la Dirección Regional Aduanera Noreste y la División Coordinación de Secuestros y Rezagos de la Dirección Coordinación y Evaluación Operativa Aduanera.

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto 618/97 del 10 de Julio de 1997.

Que mediante Disposición DI-2020-35-E-AFIP-DIRANE#SDGOAI se determinó el régimen de reemplazo de la División Aduana de Posadas, estableciéndose como primer reemplazo a la Jefa de la Sección Sumarios, Dra. Candia Adelfa Beatriz, el cual se encuentra actualmente a cargo de la División Aduana de Posadas.

LA JEFA DE LA SECCION SUMARIOS A CARGO DE LA DIVISION ADUANA DE POSADAS

DISPONE:

ARTICULO 1°.– Autorizar la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben -con la debida antelación, y bajo modalidad electrónica-, de acuerdo al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo: IF-2021-01025174-AFIP-OMSRADPOSA#SDGOAI, que forma parte integrante del presente acto.

ARTICULO 2°.- La subasta pública de las mercaderías detallas se efectuará por intermedio del BANCO de la CIUDAD DE BUENOS AIRES, bajo modalidad electrónica, a través de la página webhttps://subastas.bancociudad.com.ar/, de acuerdo a los términos y condiciones allí previstos. Las mercaderías detalladas en el IF-2021-01025174-AFIP-OMSRADPOSA#SDGOAI el día 30 de Septiembre de 2021 a las 12 horas.

ARTICULO 3°.- Regístrese y comuníquese a la División Coordinación de Secuestro y Rezagos. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación por el plazo de UN (1) día. Cumplido, archívese.

E/E Adelfa Beatriz Candia

Anexo

e. 08/09/2021 N° 65083/21 v. 08/09/2021

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