MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO
PUBLICACIÓN BOLETÍN OFICIAL LEY Nº 24.080
FECHA DE ENTRADA EN VIGOR PARA LA REPÚBLICA DE INSTRUMENTOS MULTILATERALES QUE NO REQUIRIERON APROBACIÓN LEGISLATIVA
Acuerdo de Complementación Económica N°18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.189) – Centésimo Nonagésimo Protocolo Adicional – Apéndice 189.
Celebración: Asunción, República del Paraguay, 26 de junio de 2026.
Vigor: 29 de agosto de 2026.
Acuerdo de Complementación Económica N°18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.190) – Centésimo Nonagésimo Protocolo Adicional – Apéndice 190.
Celebración: Asunción, República del Paraguay, 26 de junio de 2026.
Vigor: 29 de agosto de 2026.
Acuerdo de Complementación Económica N°18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.191) – Centésimo Nonagésimo Protocolo Adicional – Apéndice 191.
Celebración: Asunción, República del Paraguay, 26 de junio de 2026.
Vigor: 29 de agosto de 2026.
Acuerdo de Complementación Económica N°18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.192) – Centésimo Nonagésimo Protocolo Adicional – Apéndice 192.
Celebración: Asunción, República del Paraguay, 26 de junio de 2026.
Vigor: 29 de agosto de 2026.
Acuerdo de Complementación Económica N°18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.193) – Centésimo Nonagésimo Protocolo Adicional – Apéndice 193.
Celebración: Asunción, República del Paraguay, 26 de junio de 2026.
Vigor: 29 de agosto de 2026.
Acuerdo de Complementación Económica N°18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.194) – Centésimo Nonagésimo Protocolo Adicional – Apéndice 194.
Celebración: Asunción, República del Paraguay, 26 de junio de 2026.
Vigor: 29 de agosto de 2026.
Acuerdo de Complementación Económica N°18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.195) – Centésimo Nonagésimo Protocolo Adicional – Apéndice 195.
Celebración: -, 14 de julio de 2026.
Vigor: 29 de agosto de 2026.
Se adjuntan copias de sus textos.
Juan Pablo Paniego, Director, Dirección de Tratados.
Anexo 1 Anexo 2 Anexo 3 Anexo 4 Anexo 5 Anexo 6 Anexo 7
e. 14/09/2026 N° 66257/26 v. 14/09/2026
