LEY Nº 24.080
MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO PUBLICACIÓN BOLETÍN OFICIAL LEY Nº 24.080 FECHA DE ENTRADA EN VIGOR PARA LA REPÚBLICA DE INSTRUMENTOS MULTILATERALES

La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
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MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO PUBLICACIÓN BOLETÍN OFICIAL LEY Nº 24.080 FECHA DE ENTRADA EN VIGOR PARA LA REPÚBLICA DE INSTRUMENTOS MULTILATERALES
Acuerdo de Complementación Económica N° 18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.163,164 y 165). Reducción temporaria del AEC al 2% para las posiciones NCM 2106.90.90 (Preparación para fórmulas lácteas) y NCM 3909.40.91 (Resina fenol-formaldehído) ; y al 0% para la NCM 3004.39.29 (Medicamento inyectable Vosoritida).
Acuerdo de Complementación Económica N° 18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18). Actualizar el Régimen de Origen del MERCOSUR.
Acuerdo de Complementación Económica N° 18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.154, 155, 156, 157, 158, 159, 160, 161 y 162), por el plazo de 365 días se reduce a 2% el AEC de las NCM 1517.90.90 (mezclas de aceites para fórmulas infantiles), 1901.10.10 (leches en diferentes presentaciones), 2106.90.90 (fórmulas de inicio y preparaciones alimenticias) y 8452.10.00 (máquinas de coser domésticas). Además, para la NCM 2202.99.00, que abarca diversas bebidas alimenticias para propósitos médicos específicos, la reducción arancelaria es al 0%.
Reducción del 2% del AEC de la NCM 2833.11.10, por 365 días.
Acuerdo de Complementación Económica N° 18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.148, 149, 150 y 151). Reducción del AEC al 2% para Isononanol (NCM 2905.19.92) e insumos dermatológicos especializados en diferentes medidas (NCM 3304.99.90).
Acuerdo de Complementación Económica N° 18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190. 142, 143, 144, 145, 146 y 147). Reducción temporal del AEC de las siguientes NCM: 2915.21.00 (Ácido acético), 3812.10.00 (Aceleradores de vulcanización), 3004.90.69 (Medicamento con abemaciclib), 4811.41.90 (Papel termosensible autoadhesivo), 3004.90.19 (Medicamento con elosulfase alfa) y 3004.90.19 (Medicamento con galsulfasa).
Acuerdo de Complementación Económica N° 18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.153) – Reducción temporaria del Arancel Externo Común al 2% para la importación de la NCM 1511.90.00 , «Aceite de palma, de grado alimenticio, con un contenido de ácido erúcico menor a 0,20 gramos cada 100 gramos de ácidos grasos». Límite cuantitativo: 1.134 toneladas. Vigencia: 365 días.
Acuerdo de Complementación Económica N° 18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.110) Reducción temporaria del AEC de la NCM 2106.90.90 Límite cuantitativo: 50 toneladas, Plazo: 185 días Alícuota: 2%.
Acuerdo de Complementación Económica N° 18 celebrado entre Argentina, Brasil, Paraguay y Uruguay (AAP.CE/18.190.131, 132, 133, 134, 135, 136, 137, 138, 139, 140, 141,) . Se reduce el DIE para las siguientes NCM 3204.11.00,6903.20.90, 6902.90.40, 6806.90.10, 2926.10.00, 5407.30.00, 2106.90.90, 2106.90.90, 2106.90.90, 3911.90.29 queda en un 2% y se reduce el DIE para la NCM 3004.39.13 a 0%