Resolución 61/2022

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS

Resolución 61/2022

RESOL-2022-61-E-AFIP-SDGOAM

 

Ciudad de Buenos Aires, 05/12/2022

VISTO el EX-2022-00974678- -AFIP- SEDFINDVCFO1#SDGOAM; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Multinota Electrónica Aduanera 22001SITA055853N que luce embebida en la NO-2022-01833084-AFIP-DIABSA#SDGOAM de la Dirección Aduana de Buenos Aires (orden 12) se presentó César Andrés Rio en representación de UNITED AIRLINES INC. CUIT N° 30-70749292-5 solicitando la desafectación del predio fiscal ubicado sito en la Calle Isla Picton 44 del Parque Industrial de Garín, Provincia de Buenos Aires, en el marco de lo establecido por la Resolución General N° 4352/18 y modificatorias, oportunamente habilitado mediante Providencia S/N de la Dirección Aduana de Buenos Aires de fecha 17 de noviembre de 2000 que obra al dorso del Formulario OM 2164/A, embebido en la nota precedentemente referida.

Que analizado el cumplimiento de las obligaciones a su cargo según lo previsto por la Resolución General N° 4352 (AFIP), Anexo I, Punto V. 6., a través de la NO-2022-01833084-AFIP-DIABSA#SDGOAM citada en el considerando anterior la Dirección Aduana de Buenos Aires informó que no registra deudas aduaneras, líquidas y exigibles por incumplimiento de obligaciones como permisionario y deja el depósito a plan barrido, y por tanto no se encuentra impedimento para ello, ante lo cual, por NO-2022-01844798-AFIP-SDGOAM de esta Subdirección General (orden 14), siendo competente a fin de emitir el acto administrativo de baja, se decidió resolverla favorablemente.

Que por medio del IF-2022-02207846-AFIP-DILEGA#SDGTLA de la Dirección Legal (orden 16), y el Dictamen Firma Conjunta Número: IF-2022-02255334-AFIP-DVDRTA#SDGASJ de la División Dictámenes en Régimen Tributario Aduanero (orden 19), conformado por la PV-2022-02255778-AFIPDIASLA#SDGASJ del Departamento Asesoramiento Aduanero (orden 20), se sostiene principalmente que se encuentran cumplidos los requisitos exigidos por la normativa vigente a los fines del dictado del acto administrativo por el que se disponga acceder a la solicitud de baja impetrada por la administrada, y por su parte que corresponde dictar el acto administrativo pertinente receptando el pedido de baja del depósito fiscal, teniéndose de ese modo por ejercido el control de legalidad previsto en la Disposición N° 249/16 (AFIP), artículo 4°.

Que la presente se dicta de acuerdo con lo establecido en la Resolución General N° 4352 (AFIP), la Disposición N° 6 – E/18 de la Dirección General de Aduanas, artículo 1°, y en la Disposición N° 249/16 (AFIP), artículo 1°.

Por ello;

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS METROPOLITANAS

RESUELVE:

ARTICULO 1º.– Otórgase al Permisionario UNITED AIRLINES INC. CUIT N° 30-70749292-5 la baja de la habilitación del depósito fiscal particular sito en la Calle Isla Picton 44 del Parque Industrial de Garín, Provincia de Buenos Aires, oportunamente otorgada mediante Providencia S/N de la Dirección Aduana de Buenos Aires de fecha 17 de noviembre de 2000 que obra al dorso del Formulario OM 2164/A, embebido en la NO-2022-01833084-AFIP-DIABSA#SDGOAM (orden 12), y procédase a su baja registral.

ARTICULO 2º.– Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas. Remítase copia de la presente a la Subdirección General de Control Aduanero para su conocimiento. Luego pase a la Dirección Aduana de Buenos Aires para notificación al solicitante y demás efectos previstos en esta actuación y en la normativa vigente.

Rosana Angela Lodovico

e. 07/12/2022 N° 100163/22 v. 07/12/2022

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