Resolución 51/2021

MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL

Resolución 51/2021

RESOL-2021-51-APN-SABYDR#MAGYP

 

Ciudad de Buenos Aires, 13/05/2021

VISTO el Expediente N° EX-2019-82511898- -APN-DGDMA#MPYT del Registro del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, la Ley N° 26.967, el Decreto N° 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016, las Resoluciones Nros. 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN, RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del ex- MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, y RESOL-2018-43-APN-SAYBI#MA de fecha 5 de julio de 2018 de la ex SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que por la Ley N° 26.967, se creó el Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, establecido por la Resolución Nº 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN.

Que en virtud de la mencionada ley, se concede al solicitante el derecho de uso sin exclusividad del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” por el plazo de DOS (2) años contados desde la fecha de publicación de cada acto administrativo, exclusivamente para diferenciar aquellos productos que en cada caso se establece.

Que asimismo, por el Artículo 4° del Decreto N° 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016, se estableció un reintegro del CERO COMA CINCO POR CIENTO (0,5 %) adicional para aquellos productos que cuenten con el derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y/o su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.

Que por la Resolución N° RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del ex-MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, se dispuso que a los fines de acreditar ante el servicio aduanero que determinado producto cuenta con el derecho de uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y/o su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” el interesado debe presentar un certificado por cada operación de exportación, expedido por la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA.

Que en ese marco, resulta necesario establecer la exhibición obligatoria del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL”, y/o su versión en idioma inglés, “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE” respecto de aquellos productos destinados a la exportación y para los cuales se solicite el mencionado reintegro, a fin de cumplimentar con los objetivos previstos en el Artículo 3° de la Ley N° 26.967.

Que por la Resolución N° RESOL-2018-43-APN-SAYBI#MA de fecha 5 de julio de 2018 de la ex SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA se aprobó el Protocolo de Calidad para “CEREZAS FRESCAS”.

Que la firma “CECO SOCIEDAD ANÓNIMA” (C.U.I.T N° 30-68958736-0), con domicilio en la calle España N° 252, Ciudad de Cipolletti, Provincia de RÍO NEGRO, con Constancia de Habilitación de Establecimientos de Empaque R-1753-a-F emitido por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, ha solicitado el derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, para distinguir el producto “CEREZAS FRESCAS”, para la marcas “1922”, “Q”, “Deleite”, “KingoCherries” y “Finca Chimpay”.

Que la peticionante ha cumplido con todos los recaudos y condiciones generales y particulares requeridos por la citada Ley N° 26.967 y la mencionada Resolución Nº 392/05, para la obtención del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, como así también ha acreditado el cumplimiento del Protocolo de Calidad para “CEREZAS FRESCAS” aprobado por la citada Resolución N° RESOL-2018-43-APN-SAYBI#MA.

Que la Dirección de Agregado de Valor y Gestión de Calidad de la SECRETARÍA DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, elaboró el Informe Gráfico registrado con el Nº IF-2021-23380038-APN-DAVYGC#MAGYP, entendiendo que se encuentran cumplidos los requisitos técnicos para la cesión del derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA ha tomado la intervención que le compete.

Que el suscripto es competente para resolver en esta instancia de acuerdo a las facultades conferidas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y su modificatorio.

Por ello,

EL SECRETARIO DE ALIMENTOS, BIOECONOMÍA Y DESARROLLO REGIONAL

RESUELVE:

ARTÍCULO 1º.- Concédese el derecho de uso sin exclusividad del Sello: “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, a la firma “CECO SOCIEDAD ANÓNIMA” (C.U.I.T N° 30-68958736-0), con domicilio en la calle España N° 252, Ciudad de Cipolletti, Provincia de RÍO NEGRO, con Constancia de Habilitación de Establecimientos de Empaque R-1753-a-F, emitido por el SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD Y CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), organismo descentralizado en la órbita del MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA, para distinguir al producto “CEREZAS FRESCAS”, para la marcas “1922”, “Q”, “Deleite”, “KingoCherries” y “Finca Chimpay”, de conformidad a lo establecido por la Ley N° 26.967, la Resolución Nº 392 de fecha 19 de mayo de 2005 de la ex-SECRETARÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y ALIMENTOS del entonces MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y la Resolución N° RESOL-2018-43-APN-SAYBI#MA de fecha 5 de julio de 2018 de la ex SECRETARÍA DE ALIMENTOS Y BIOECONOMÍA del entonces MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA.

ARTÍCULO 2°– Apruébase el Contrato de Cesión de Uso Temporal Sin Exclusividad del referido sello que como Adjunto registrado con el Nº IF-2021-20851202-APN-SABYDR#MAGYP forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3°– El derecho de uso cedido por el artículo precedente se acuerda por el plazo de DOS (2) años contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 4°.– Apruébase la propuesta de exhibición del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, en la propuesta de la forma en la que exhibirá el isologotipo del Sello para el cual se concede el derecho de uso del mismo y que como Adjuntos registrados con los Nros. IF-2019-92795251-APN-DGDMA#MPYT, IF-2019-82413282-APN-DGDMA#MPYT, IF-2019-92794502-APN-DGDMA#MPYT, IF-2019-92794423-APN-DGDMA#MPYT e IF-2019-92794478-APN-DGDMA#MPYT, forman parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 5°.- Hacése saber a la firma CECO SOCIEDAD ANÓNIMA (C.U.I.T Nº 30-68958736-0) la obligatoriedad del uso del Sello “ALIMENTOS ARGENTINOS UNA ELECCIÓN NATURAL” y/o su versión en idioma inglés “ARGENTINE FOOD A NATURAL CHOICE”, de acuerdo con la forma de exhibición aprobada en el artículo precedente; para aquellos productos destinados a la exportación y respecto de los cuales se solicite la emisión de los certificados referidos en el Artículo 2° de la Resolución N° RESOL-2017-90-APN-MA de fecha 12 de abril de 2017 del ex-MINISTERIO DE AGROINDUSTRIA y su modificatoria, a los efectos del reintegro adicional establecido por el Artículo 4° del Decreto N° 1.341 de fecha 30 de diciembre de 2016.

ARTÍCULO 6°– Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Marcelo Eduardo Alos

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Resolución no se publica/n. El/los mismo/s podrá/n ser consultado/s en www.magyp.gob.ar/normativa/

e. 19/05/2021 N° 33982/21 v. 19/05/2021

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