Resolución 351/2022

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA

Resolución 351/2022

RESOL-2022-351-APN-SIECYGCE#MDP

 

Ciudad de Buenos Aires, 07/06/2022

VISTO el Expediente Nº EX-2022-10332267- -APN-DGD#MDP, la Ley N° 19.640, el Decreto N° 479 de fecha 4 de abril de 1995, la Resolución N° 1.241 de fecha 3 de diciembre de 2015 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, y

CONSIDERANDO:

Que la actual firma RADIO VICTORIA ARGENTINA S.A., es beneficiaria del Régimen de Promoción de la Ley N° 19.640 a través del Decreto N° 2.772 de fecha 4 de julio de 1989 del Gobierno del ex Territorio Nacional de la Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur para la fabricación de radiograbadores.

Que por medio de la Resolución N° 146 de fecha 9 de marzo de 1998 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, se declaró a la firma ex RADIO VICTORIA FUEGUINA S.A., comprendida en el Régimen de Sustitución de Productos instituido por el Decreto N° 479 de fecha 4 de abril de 1995, dictado en el marco de la Ley Nº 19.640, los Decretos Nros. 1.139 de fecha 1 de septiembre de 1988, 1.345 de fecha 29 de septiembre de 1988, 1.395 de fecha 11 de agosto de 1994, 522 de fecha 22 de septiembre de 1995, 615 de fecha 7 de julio de 1997 y demás normas reglamentarias.

Que la sustitución referida ut supra, concedida a la Empresa ex RADIO VICTORIA FUEGUINA S.A., lo fue para la sustitución de radiograbadores por videocámaras para su fabricación en su planta industrial localizada en la Ciudad de Río Grande, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.

Que mediante la Resolución N° 71 de fecha 4 de abril de 2011 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA Y COMERCIO del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, se declaró a la citada empresa comprendida en el Régimen del Decreto N° 490 de fecha 5 de marzo de 2003 dictado en el marco de las Leyes Nº 19.640 y 25.561 de Emergencia Pública y Reforma del Régimen Cambiario, para la readecuación de los compromisos del proyecto de sustitución aprobado por medio de la Resolución Nº 146/98 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA para los niveles de producción de videocámaras.

Que, posteriormente, mediante la Resolución N° 1.241 de fecha 3 de diciembre de 2015 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, se aprobó la sustitución de videocámaras por equipos de radiocomunicaciones móviles celulares, a fabricarse en su planta localizada en Combate de Montevideo N° 755 de la Ciudad de Río Grande, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR.

Que la planta fabril mencionada, cuenta con una superficie total de 13.000 m2.

Que, por el expediente citado en el Visto, la empresa RADIO VICTORIA ARGENTINA S.A., solicitó la ampliación de la capacidad máxima de producción del proyecto oportunamente aprobado por la Resolución N° 1.241/15 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, acompañando para tal fin la documentación pertinente como IF-2022-10334816-APN-DGD#MDP.

Que, en ese sentido, la ampliación solicitada le permitirá alcanzar hasta una producción máxima de UN MILLÓN SETECIENTAS NOVENTA Y SEIS MIL (1.796.000) unidades anuales de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares.

Que, en la citada presentación la empresa RADIO VICTORIA ARGENTINA S.A., detalló la actualización de inversión en activos fijos como así también un incremento de la cantidad mínima de personal a incorporar para el presente proyecto.

Que la ampliación de la capacidad máxima de producción solicitada y operando en UN (1) turno de OCHO HORAS (8 hs.) diarias, durante DOSCIENTOS VEINTE (220) días al año los primeros DOS (2) años, y agregando un segundo turno en el tercer año, se estima que se podrá producir en el primer año SETECIENTAS OCHENTA Y UN MIL (781.000) unidades, para el segundo año NOVECIENTAS TREINTA Y SIETE MIL DOSCIENTAS (937.200) unidades y en el tercer año UN MILLÓN CIENTO VEINTISIETE MIL QUINIENTAS (1.127.500) unidades anuales de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares.

Que, para alcanzar la producción máxima, la firma RADIO VICTORIA ARGENTINA S.A. incorporará CIEN (100) nuevos empleados, afectados a la producción de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares, sin perjuicio del que se incorpore en función de otras actividades de la firma mencionada.

Que la nueva producción mínima comprometida es de CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CIEN (148.100) unidades anuales de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares, en TRES (3) turnos de OCHO HORAS (8 hs.) diarias, durante DOSCIENTOS VEINTE (220) días al año.

Que, para alcanzar la producción mínima referida, la firma mencionada se obliga a incorporar CIEN (100) empleados adicionales a los ya comprometidos por la empresa, alcanzando un total de CIENTO TREINTA (130) empleados.

Que la empresa RADIO VICTORIA ARGENTINA S.A., incorporará a su proyecto para la fabricación de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares el siguiente equipamiento compuesto de: CUATRO (4) Litepoint IQXstream 2G/3G/4G, DIECIOCHO (18) PC industriales, DOCE (12) Escáners HW 1470G 2D, NUEVE (9) shielding Box (common fixture), DOS (2) interface I2C, OCHO (8) Dongle Key (green), ONCE (11) Keithey 2306 Dual Channel, OCHO (8) Torres HDT, DIEZ (10) RF Power Splitter 1to2, VEINTE (20) Monitores, y OCHO (8) Mesas de Trabajo.

Que conforme surge de la referida presentación la citada empresa, se compromete a realizar la puesta en marcha del proyecto en el plazo de TRES (3) meses contados desde la aprobación del presente proyecto de ampliación.

Que la Unidad de Evaluación conformada en el ámbito de la Dirección de Política Automotriz y Regímenes Especiales de la Dirección Nacional de Gestión de Política Industrial de la SUBSECRETARÍA DE INDUSTRIA dependiente de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, analizó lo peticionado por la empresa RADIO VICTORIA ARGENTINA S.A., recomendando la aprobación de la solicitud realizada por dicha firma.

Que la Comisión de Evaluación normada en el Artículo 5° de la Resolución N° 141 de fecha 14 de junio de 1995 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, en el Acta N° 55 de fecha 14 de marzo de 2022, cuya copia obra, como IF-2022-24436762-APN-DPAYRE#MDP, en el expediente de la referencia, teniendo en consideración el Informe Técnico de la Dirección de Política Automotriz y Regímenes Especiales, aprueba por unanimidad el proyecto presentado por la firma RADIO VICTORIA ARGENTINA S.A., de aumentar la capacidad máxima de producción a UN MILLÓN SETECIENTAS NOVENTA Y SEIS MIL (1.796.000) unidades anuales de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 8 del Decreto N° 479/95.

Por ello,

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Amplíase la inversión comprometida por la empresa RADIO VICTORIA ARGENTINA S.A., en su planta industrial localizada en la Ciudad de Río Grande, Provincia de TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR, por la suma total de PESOS QUINIENTOS VEINTIOCHO MILLONES DOS MIL NOVECIENTOS VEINTIDÓS ($ 528.002.922), compuesta por PESOS CUATROCIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES SEISCIENTOS SESENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y DOS ($ 466.667.442) en concepto de inversión en capital de trabajo, PESOS CINCUENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA ($ 59.335.480) en concepto de inversión en activos fijos y PESOS DOS MILLONES ($ 2.000.000) en concepto de Rubros Asimilables, complementando el programa de producción aprobado por la Resolución N° 1.241 de fecha 3 de diciembre de 2015 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA.

ARTÍCULO 2°.– La firma RADIO VICTORIA ARGENTINA S.A. deberá afectar a su proyecto para la fabricación de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares el equipamiento detallado en los actuados, sin perjuicio del que en el futuro pudiere incorporar.

ARTÍCULO 3°.– Amplíase la capacidad máxima de producción anual del proyecto presentado por la empresa RADIO VICTORIA ARGENTINA S.A., sobre la base del equipamiento informado y del compromiso asumido, aprobada en el Artículo 6° de la Resolución N° 1.241 de fecha 3 de diciembre de 2015 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, a UN MILLÓN SETECIENTAS NOVENTA Y SEIS MIL (1.796.000) unidades anuales de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares. Para alcanzar la producción máxima mencionada con anterioridad, la empresa contratará CIEN (100) nuevos empleados, afectados a la fabricación de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares.

ARTÍCULO 4°.– Amplíase la producción mínima comprometida del proyecto presentado por la empresa RADIO VICTORIA ARGENTINA S.A., sobre la base del equipamiento informado y del compromiso asumido en el Artículo 4° de la Resolución 1.241/15 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA del ex MINISTERIO DE INDUSTRIA, a CIENTO CUARENTA Y OCHO MIL CIEN (148.100) unidades anuales de equipos de radiocomunicaciones móviles celulares.

ARTÍCULO 5°.- La firma RADIO VICTORIA ARGENTINA S.A., se obliga a efectivizar la puesta en marcha de su proyecto en el plazo de TRES (3) meses contados desde la aprobación de la presente resolución.

ARTÍCULO 6°.- Las exportaciones que se realicen de los nuevos productos fabricados con los beneficios otorgados en la presente resolución, deberán ser efectuadas exclusivamente por la empresa RADIO VICTORIA ARGENTINA S.A.

ARTÍCULO 7°.– El incumplimiento por parte de la empresa RADIO VICTORIA ARGENTINA S.A. a los compromisos establecidos en la presente resolución, dará lugar a la aplicación de las sanciones previstas por los Artículos 7° y 11 del Decreto N° 479 de fecha 4 de abril de 1995.

ARTÍCULO 8°.– Notifíquese a la interesada de la presente medida.

ARTÍCULO 9°.– Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Ariel Esteban Schale

e. 08/06/2022 N° 42136/22 v. 08/06/2022

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