Resolución 291/2022

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS DIRECCIÓN ADUANA DE EZEIZA

Resolución 291/2022

RESOL-2022-291-E-AFIP-DIADEZ#SDGOAM

 

Ciudad de Buenos Aires, 14/09/2022

VISTO, lo establecido en el artículo 417 y siguientes de la Ley N° 22.415, la Ley N° 25.603, el CONVE-2020-00621694-AFIP- y lo dispuesto en el Actuación Nº 17130-321-2022, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Disposición DI-2022-176-E-AFIP-DIADEZ#SDGOAM, y sus ANEXOS IF-2022-01233009-AFIP-SEGEZE#SDGOAM/IF-2022-01233004-AFIP-SEGEZE#SDGOAM / IF-2022-01235231-AFIP-SEGEZE#SDGOAM / IF-2022-01247467-AFIP-SEGEZE#SDGOAM, esta Dirección Aduana de Ezeiza ordenó la comercialización de la mercadería allí detallada.

Que el día 25 de Agosto de 2022 a las 12:00 hs. se realizó la pública subasta de dichas mercaderías bajo modalidad electrónica con la intervención del Banco de la Ciudad de Buenos Aires, según los términos del Convenio citado en el Visto.

Que la subasta efectuada fue identificada por la entidad bancaria como Remate 2.788.

Que no mediando otras observaciones a realizar, corresponde aprobar lo actuado.

Que, la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por la Disposición AFIP Nº 79/16 Estructura Organizativa, sus modificatorias y complementarias y DI-2022-122-E-AFIP-AFIP.

Por ello,

EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN ADUANA DE EZEIZA

RESUELVE:

ARTICULO 1° – Aprobar la venta de las mercaderías incluidas en los lotes indicados en el Anexo IF-2022-01608158-AFIP-SEGEZE#SDGOAM del presente Acto resolutivo, rematadas en Subasta Pública bajo modalidad electrónica a través de la pagina web del BANCO DE LA CIUDAD de BUENOS AIRES https://subastas.bancociudad.com.ar/, el día 25 de Agosto de 2022, de acuerdo a la nómina de compradores que se hallan mencionados en dicho anexo.

ARTICULO 2° – Regístrese, comuníquese a la entidad rematadora, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación. Cumplido pase a la Sección Gestión de Rezagos de la Dirección Aduana de Ezeiza, para su conocimiento y posterior archivo.

Carlos Raul Aguiar

Anexo

e. 19/09/2022 N° 74242/22 v. 19/09/2022

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