Disposición 9/2021

MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO

Disposición 9/2021

DI-2021-9-APN-SSPMI#MDP

 

Ciudad de Buenos Aires, 28/05/2021

VISTO el Expediente N° EX-2020-01687017- -APN-SSPMI#MPYT, el Decreto Nro. 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 319 de fecha 14 de mayo de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, 834 de fecha 9 de diciembre de 2019, ambas de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y N° 344 de fecha 9 de abril del 2021 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 319 de fecha 14 de mayo de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, establece que solo se podrán comercializar en el país diversos artefactos eléctricos, con la obligatoriedad de someter sus productos a la certificación del cumplimiento de las normas IRAM relativas al rendimiento o eficiencia energética de cada producto, colocando en los mismos, una etiqueta en la que se informe el rendimiento o eficiencia energética y las demás características asociadas, conforme los resultados obtenidos.

Que, en ese sentido, se ha puesto en vigencia la exigencia del etiquetado referido, mediante el dictado de la Resolución Nº 834 de fecha 9 de diciembre de 2019 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, para los productos identificados como “lavavajillas electrodomésticos”, a los efectos de certificar las informaciones suministradas en las etiquetas de eficiencia energética y características asociadas de dichos productos unificando los requisitos a cumplir integrando a las indicaciones previstas por la norma IRAM 2294-3:2016, lo prescripto por otras disposiciones destinadas a regular la información a suministrar a los consumidores.

Que, asimismo, la Resolución N° 344 de fecha 9 de abril del 2021 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, aprobó el Procedimiento de Reconocimiento para todo Organismo de Certificación, Organismo de Inspección y Laboratorio de Ensayos (en general “Organismos Técnicos”), cuya labor esté destinada a actuar en Procedimientos de Evaluación de la Conformidad de los Reglamentos Técnicos dictados por la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, deberá contar con su reconocimiento por parte de la Autoridad de Aplicación.

Que, mediante su Artículo 2° se designó como Autoridad de Aplicación del citado régimen a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO, dependiente de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO.

Que entre sus funciones se contempla el reconocer Organismos Técnicos para su actuación en los Reglamentos Técnicos establecidos bajo la órbita de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR.

Que, se destaca que la Resolución N° 344/21 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR en su Artículo 12° establece disposiciones temporales para aquellos Reglamentos Técnicos que no posean un Sistema de Evaluación de la Conformidad y los requisitos que deben cumplir los Organismos Técnicos decidan participar en ellos.

Que, a través del expediente citado en el Visto la empresa TÜV RHEINLAND ARGENTINA S.A., solicitó su reconocimiento para desempeñarse como Organismo de Certificación en materia de Etiquetado de Eficiencia Energética sobre los lavavajillas electrodomésticos.

Que, la mencionada empresa ha presentado la documentación necesaria para confirmar el cumplimiento de lo señalado en el Artículo 12 de la Resolución N° 344/21 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR.

Que, en ese sentido y en relación al requisito de acreditación, estipulado en el inciso e) del Punto 12º de la Resolución Nº 344/21 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, el organismo se encuentra acreditado bajo el Nº OCP 003 (Norma IRAM-ISO/IEC 17065:2013), y se comprobó que presentó el correspondiente formulario F01-(DC-CP-01) v8 de fecha 10 de julio de 2019, librado por el Organismo Argentino de Acreditación, según IF-2021-14675545-APN-DNRT#MDP y la nota emitida por el Organismo Argentino de Acreditación, confirmando la acreditación por el alcance acordado, en materia de Etiquetado de Eficiencia Energética en Lavavajillas electrodomésticos Norma 2294-3 junto con la IEC 60436 (IF-2021-14248003-APN-DNRT#MDP, págs. 12 a 16).

Que, igualmente se ha verificado que la empresa TÜV RHEINLAND ARGENTINA S.A. cuenta con personería jurídica y con la copia del Texto Ordenado del Estatuto, justifica su existencia y capacidad, formalizado mediante la Escritura N° SESENTA Y TRES, otorgada el 09 de marzo de 2017, ante la Escribana de esta Ciudad Marta A. CASCALES, al folio 228 del Registro Notarial 599 a su cargo, inscripto en I.G.J. bajo el número 3527 del Libro 93 de SOCIEDADES POR ACCIONES de fecha 19 de febrero de 2019 (RE-2020-01686700-APN-SSPMI#MPYT) en el expediente citado en el Visto.

Que, asimismo se destaca que la firma cuenta con un plantel de personal idóneo radicado en el país, capacitado para las funciones que debe cumplir.

Respecto al requisito que exige el inciso c) del Punto 12 del Anexo de la Resolución Nº 344/21 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, la firma presentó (IF-2020-58232662-APN-DNRT#MDP p. 7) la nota de responsabilidad de las funciones por la actividad de certificación por las que se otorgue reconocimiento, suscripta por el organismo técnico en cuestión.

Que, en cumplimiento de la responsabilidad civil, luce agregada la constancia de renovación de la póliza correspondiente emitida por la compañía “La Meridional Compañía Argentina de Seguros S.A.” Póliza N° 408539 (IF-2021-14248003-APN-DNRT#MDP) con una vigencia desde el 07 de febrero de 2021 hasta el 07 de febrero de 2022, con una cobertura de los riesgos de la actividad de certificación dentro de lo previsto en la legislación vigente, siendo admitida sin objeciones.

Que, misma forma, mediante los Informes de Evaluación Legal y Técnicos de fechas 29 de marzo de 2021 y 22 de abril de 2021, emitidos por el Sector de Evaluación de la Conformidad, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos específicos del régimen de certificación en materia de Etiquetado de Eficiencia Energética en el cual la firma solicita su reconocimiento.

Que, la evaluación del Organismo de Certificación se ha realizado conforme las Resoluciones Nros. 319/99, 834/19 y 344/21 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR y la Norma IRAM-ISO/IEC 17065.

Que la Dirección de Asuntos Legales de Comercio y Minería del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta en uso de las facultades otorgadas por la Resolución Nº 344/21 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Reconócese a la empresa TÜV RHEINLAND ARGENTINA S.A. como Organismo de Certificación en materia de “Etiquetado de Eficiencia Energética sobre lavavajillas electrodomésticos”, en aplicación de la Resolución Nº 834 de fecha 9 de diciembre de 2019 de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, bajo la norma IRAM 2294-3 y lo prescripto en el Anexo I de la aludida resolución.

ARTÍCULO 2º.- La presente disposición comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Matías Ginsberg

e. 01/06/2021 N° 36534/21 v. 01/06/2021

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