Disposición 4/2023

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS ADUANA PUERTO MADRYN

Disposición 4/2023

DI-2023-4-E-AFIP-ADPMAD#SDGOAI

 

Puerto Madryn, Chubut, 01/03/2023

VISTO lo resuelto en las Actuaciones SIGEA N° 17591-7-2019, 12774-19-2014, 12775-33-2013, 12775-20-2015, 12775-21-2015, 17590-3-2015 y 17590-6-2017 de la División Aduana Puerto Madryn y lo establecido en el artículo 429 de la Ley 22.415, la Ley 25.603 y el CONVE-2020-00621694-AFIP, y

CONSIDERANDO:

Que el 22 de septiembre de 2020 se suscribió una adenda al convenio N° 12/2015 (AFIP) firmado entre la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS y el BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES, que permite la celebración de subastas públicas bajo la modalidad electrónica a través de la plataforma web de la citada entidad bancaria.

Que en las Actuaciones del Visto se dispuso la venta en mediante subasta de las mercaderías involucradas en las mismas.

Que por lo señalado en el considerando anterior se dio intervención a la División Coordinación de Secuestros y Rezagos dependiente de la Dirección Coordinación y Evaluación Operativa Aduanera, a los fines de coordinar con las autoridades del Banco Ciudad de Buenos Aires, la venta de las mencionadas, determinándose su inclusión en la subasta a realizarse el día 30/03/2023 a las 12 hs, mercadería detallada en IF-2023-00380786-AFIP-ADPMAD#SDGOAI

Que la comercialización impulsada en la presente se efectuará en pública subasta, bajo modalidad electrónica en los términos del convenio citado en el visto.

Que las condiciones de venta establecidas para el proceso de subasta pública, como así también el catálogo correspondiente con el detalle de los valores base, descripción y fotografías de los bienes, se encontrará disponible para la exhibición correspondiente en la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/ .

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el Decreto 618/97 del 10 de Julio de 1997 y la DI-2023-2-E-AFIP-AFIP

Por ello,

LA ADMINISTRADORA DE LA DIVISION ADUANA PUERTO MADRYN

DISPONE:

ARTICULO 1º: Autorizar la venta de las mercaderías, en el estado en que se encuentran y exhiben -con la debida antelación bajo la modalidad electrónica-, de acuerdo al valor base y con las observaciones que en cada caso se indican en el Anexo IF-2023- 00380786-AFIPADPMAD#SDGOAI que forma parte integrante del presente acto.

ARTICULO 2º: La subasta pública de las mercaderías detallas se efectuará por intermedio del BANCO de la CIUDAD de BUENOS AIRES, bajo modalidad electrónica a través de la página web https://subastas.bancociudad.com.ar/, de acuerdo a los términos y condiciones allí previstos, el día 30 de Marzo de 2023 a partir de las 12 hs.

ARTICULO 3°: Regístrese y comuníquese a la División de Secuestros y Rezagos para la continuación del trámite. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación por un (1) día. Cumplido, Archívese.

María Andrea Estevez

Anexo

e. 09/03/2023 N° 13323/23 v. 09/03/2023

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