Disposición 13/2023

MINISTERIO DE ECONOMÍA SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO

Disposición 13/2023

DI-2023-13-APN-SSPMIN#MEC

 

Ciudad de Buenos Aires, 30/03/2023

VISTO el Expediente N° EX-2022-100947089- -APN-DNRT#MDP, el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, las Resoluciones Nros. 169 de fecha 27 de marzo de 2018 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y sus modificatorias y 344 de fecha 9 de abril de 2021 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 169 de fecha 27 de marzo de 2018 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN, y sus modificatorias, establece los requisitos esenciales de seguridad que el equipamiento eléctrico de baja tensión debe cumplir para ser comercializado en la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que, mediante las presentes actuaciones la empresa Laboratorio de Ensayos y Mediciones Eléctricas de la Facultad de Ingeniería – Univ. Nac. de La Plata (LE) – LEME, solicitó su reconocimiento para desempeñarse como Laboratorio de ensayos sobre los productos eléctricos allí señalados.

Que, asimismo, la Resolución N° 344 de fecha 9 de abril del 2021 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del ex MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, estableció el Procedimiento de Reconocimiento para todo Organismo de Certificación, Organismo de Inspección y Laboratorio de Ensayos (en general “Organismos Técnicos”), cuya labor esté destinada a actuar en Procedimientos de Evaluación de la Conformidad de los Reglamentos Técnicos dictados por la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que, la empresa en cuestión ha presentado la documentación necesaria para dar cumplimiento con lo estipulado en el Punto 12 del Anexo de la resolución citada en el considerando inmediato anterior, que el presente reglamento técnico aún no posee definido un Sistema de Evaluación de la Conformidad por parte de la Autoridad de Aplicación del citado Régimen.

Que la mencionada presentación ha sido evaluada y aprobada favorablemente por el Sector de Evaluación de la Conformidad perteneciente a la Dirección Nacional de Reglamentos Técnicos de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que, se verificó el cumplimiento de los requisitos legales y técnicos propios al Organismo Técnico (OT) en cuestión, a saber, como Laboratorio de ensayos (LE), contemplados en el Punto 12 del Anexo de la Resolución N° 344/21 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR.

Que, en ese sentido, se ha verificado que el Laboratorio de Ensayos y Mediciones Eléctricas de la Facultad de Ingeniería – Univ. Nac. de La Plata (LE)- LEME, cuenta con personería jurídica. Para ello aportó copia de la Creación del Laboratorio en fecha 27 de agosto de 1999, convalidación mediante las Resoluciones Nros. 608 de fecha 8 de junio de 2006 del Honorable Consejo Académico de la Universidad Nacional de la Plata (IF-2022-100735145-APN-DNRT#MDP) y 49 de fecha 11 de febrero de 2014 del Consejo Directivo de la citada Universidad Nacional (IF-2022- 100738549-APN-DNRT#MDP).

Que, además, corresponde al decano la representación oficial de la Facultad en todos los actos y comunicados de la misma, según lo establecido por el Estatuto de la Universidad Nacional de la Plata, que luce agregado a las presentes actuaciones como IF-2023-16927608-APN-DNRT#MDP.

Que, asimismo, se acompañó la documentación a efectos de demostrar que cuenta con un plantel de personal idóneo radicado en el país, capacitado para las funciones que debe cumplir.

Que, en la misma obra evidencia que permite afirmar que el personal cuenta con considerable experiencia, capacitación y formación en materia de Mediciones y Ensayos de productos y Evaluación de la Conformidad. Así también surgen constancias de la capacitación obtenida en relación al contenido de las resoluciones y las normas aplicables en la materia.

Que, en relación a ello, se destaca que la evidencia aportada por el laboratorio resulta suficiente para demostrar la calidad e idoneidad del personal técnico.

Que, respecto al requisito que exige el inciso c) del Punto 12 del Anexo de la Resolución N° 344/21 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, la firma presentó la nota de responsabilidad de las funciones por la actividad de ensayos por las que se otorgue reconocimiento, suscripta por el representante del organismo técnico en cuestión obrante en las presentes actuaciones como IF-2023-02073459-APN-DNRT#MDP.

Que, a su vez, luce agregada en el expediente citado en el Visto, en cumplimiento de la responsabilidad civil, la constancia de renovación de la póliza correspondiente, emitida por la compañía “LA MERCANTIL ANDINA SOCIEDAD ANÓNIMA” Póliza N° 001383813 (IF-2023- 02072433-APN-DNRT#MDP), con una vigencia desde el 16 de mayo 2022 hasta el 16 de mayo de 2023. Por un monto actualizado de PESOS NUEVE MILLONES TRESCIENTOS MIL ($ 9.300.000) respecto a la actividad de ensayos del laboratorio dentro de lo previsto en la legislación vigente, siendo admitida sin objeciones (DOCFI-2022- 100879302-APN-DNRT#MDP).

Que, finalmente, en relación al requisito de acreditación, estipulado en el inciso e) del Punto 12 de la Resolución Nº 344/21 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, la firma presentó el Certificado, referido a la acreditación ante el Organismo Argentino de Acreditación (OAA) bajo el Nº LE 239 (Norma IRAM-ISO/IEC 17025:2017) junto con el correspondiente formulario F01-(DC-CP-01) emitido con fecha 18 de agosto de 2022 donde consta la acreditación específica bajo Norma IRAM 61643-11:2011-03 (CE-2022-100782232-APNDNRT#MDP).

Que, de la misma forma, mediante el Informe de Evaluación Preliminar Legal y Administrativa (PV-2023-00450203 -APN-DNRT#MDP) de fecha 2 de enero de 2023 y del Informe de Evaluación Técnica Complementario (IF-2023-04656438-APN-DNRT#MDP) de fecha 12 de enero de 2023, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos generales, particulares y específicos del régimen de certificación en materia de equipamiento eléctrico en los cuales la firma solicita su reconocimiento, con la actualización de documentación técnica vinculada en razón de las modificaciones a la legislación vigente.

Que, además, mediante el Informe Técnico (IF-2023-07771220-APN-DNRT#MDP) de fecha 20 de enero de 2023, emitido por el Sector de Evaluación de la Conformidad, se ha verificado el cumplimiento de los requisitos para dicho reconocimiento

Que la Evaluación del Laboratorio de Ensayos se ha realizado conforme las las Resoluciones Nros. 169 de fecha 27 de marzo de 2018 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 344/21 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR y la Norma IRAM-ISO/IEC 17025.

Que, mediante el Artículo 2° de la Resolución N° 344/21 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR, se definió como Autoridad de Aplicación del Régimen en cuestión a la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO de la SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE ECONOMÍA.

Que el servicio jurídico permanente ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente disposición se dicta en uso de las facultades otorgadas por el Decreto N° 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios y la Resolución N° 344/21 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR.

Por ello,

EL SUBSECRETARIO DE POLÍTICAS PARA EL MERCADO INTERNO

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Otórgase la ampliación del reconocimiento al Laboratorio de Ensayos y Mediciones Eléctricas de la Facultad de Ingeniería – Univ. Nac. de La Plata (LE)- LEME para desempeñarse como Laboratorio de ensayos en materia de “Dispositivos de Protección contra Sobretensiones Transitorias (DPS) para Baja Tensión”, en aplicación de la Resolución N° 169 de fecha 27 de marzo de 2018 de la SECRETARÍA DE COMERCIO del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

ARTÍCULO 2°.- Notifíquese al Laboratorio de Ensayos y Mediciones Eléctricas de la Facultad de Ingeniería – Univ. Nac. de La Plata (LE) – LEME de la presente medida.

ARTÍCULO 3°.- La presente disposición comenzará a regir a partir del día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

Gustavo Faskowicz

e. 03/04/2023 N° 21345/23 v. 03/04/2023

Compartilo

WhatsApp
Facebook
Twitter
LinkedIn
Email