Comunicación “A” 7562/2022

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 7562/2022

 

29/07/2022

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LAS CASAS DE CAMBIO:

Ref.: Circular CAMEX 1-927: Exterior y cambios. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente Resolución con vigencia a partir del 1.8.22:

“1. Incorporar en el punto 10.14.2.5. de las normas de “Exterior y cambios” relativo al acceso al mercado de cambios para cursar pagos de importaciones de bienes según las categorías de las declaraciones en el Sistema Integral de Monitoreo de Importaciones (SIMI), el siguiente párrafo:

“Dicho plazo se reduce a 90 (noventa) días corridos cuando los bienes abonados correspondan a las posiciones arancelarias según la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) que se detallan en el punto 10.14.7. y en la medida que el cliente presente una declaración jurada dejando constancia que los bienes abonados constituyen insumos que utilizará para la producción local de bienes”.

2. Incorporar como punto 10.14.7. de las normas de “Exterior y cambios” el listado de posiciones arancelarias de la Nomenclatura Común del MERCOSUR (NCM) detalladas en el Anexo de la presente.

3. Incorporar a la posición arancelaria 7304.29.39.190Y en el punto 10.14.2.13. de las normas de “Exterior y cambios”, referido a los bienes necesarios para la construcción de obras de infraestructura contratadas por el sector público nacional, en reemplazo de la posición 7304.29.10.190Y que se incorporó según punto

4. de la Comunicación “A” 7553. 4. Reemplazar el punto 10.2.4.3. de las normas de “Exterior y cambios”, vinculado a los tipos de endeudamientos que corresponden ser considerados como deudas comerciales por la importación de bienes, a los efectos del acceso al mercado de cambios, por el siguiente:

“10.2.4.3. Financiación a cualquier plazo otorgada por una entidad financiera del exterior, donde los desembolsos en divisas se aplican, neto de gastos, directa e íntegramente al pago anticipado y/o a la vista y/o diferido al proveedor del exterior”.”

Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de referencia.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios – María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.

Anexo

e. 02/08/2022 N° 58452/22 v. 02/08/2022

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