febrero 14, 2022

Resolución 1/2022

Modificase el Artículo 3º de la Resolución Nº RESOL-2021-100-APN-SAGYP#MAGYP, el cual había establecido que el cupo de exportación asignado fijado para el año 2021 debe aplicarse a exportaciones realizadas durante el año en curso y que excepcionalmente podrá aplicarse a exportaciones posteriores siempre y cuando éstas sean efectivizadas antes del 31 de enero de 2022.

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