diciembre 21, 2021

Disposición 819/2021

Distribúyese el cupo de OCHOCIENTOS CUARENTA Y NUEVE (849) vehículos automotores híbridos, eléctricos y a celdas de combustible (hidrógeno) que podrán ser importados con la reducción arancelaria prevista en el Decreto N° 331/2017, y restablecido por el Decreto N° 617/2021 por un plazo de DIECIOCHO (18) meses, correspondiente al segundo trimestre de este último, es decir al período comprendido entre los días 15 de diciembre de 2021 y 14 de marzo de 2022.

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Resolución 1126/2021

Incorpórase al ordenamiento jurídico nacional el Reglamento Técnico del MERCOSUR sobre “Contenidos Netos de Productos Preenvasados”.

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