Ley 27800

ACUERDOS

Ley 27800

Aprobación.

 

El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:

Artículo 1 º – Apruébase el Acuerdo Interino de Comercio entre el Mercado Común del Sur, la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, por una parte, y la Unión Europea, por otra parte, celebrado en la ciudad de Asunción -República del Paraguay- el 17 de enero de 2026, que consta de veintitrés (23) capítulos con todos sus anexos y apéndices, el que como anexo, en idioma español, forma parte de la presente ley.

Artículo 2°– Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DEL CONGRESO ARGENTINO, EN BUENOS AIRES, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO DOS MIL VEINTISÉIS.

REGISTRADA BAJO EL N° 27800

BARTOLOMÉ ESTEBAN ABDALA– MARTIN ALEXIS MENEM – Agustín Wenceslao Giustinian – Adrián Francisco Pagán

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e. 26/02/2026 N° 10816/2026 v. 26/02/2026

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