Resolución 2/2026

AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 2/2026

RESOL-2026-2-E-ARCA-SDGOAI

 

Ciudad de Buenos Aires, 14/01/2026

VISTO el expediente EX-2025-02064586- -ARCA-DVOPME#SDGOAI y,

CONSIDERANDO

Que la firma INSTITUTO DE DESARROLLO INDUSTRIAL, TECNOLOGICO Y DE SERVICIOS, CUIT Nº 30-70822845-8 , solicitó la desafectación y modificación del Depósito Fiscal General ubicado en la calle Rafael Cubillos Nº 1900 – San Francisco del Monte- Godoy Cruz, Provincia de Mendoza oportunamente habilitado mediante Resolución Nº 46/2021 (SDG OAI) de fecha 30 de julio de 2021.

Que la modificación de la superficie pretendida del depósito fiscal general recae sobre la fracción – ”C” del predio con una superficie de SIETE MIL OCHOCIENTOS SETENTA CON CINCUENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (7870,58 m2) cuya finalidad consiste en la construcción de una escuela técnica ordenada por el Gobierno de Mendoza mediante Ley 9437.

Que para ello, la firma requirió la autorización para proceder a la modificación planimétrica del depósito fiscal, indicando que no ocasionaría ningún tipo de inconveniente, ni modificaría la operatoria aduanera del depósito y aclaró que el depósito fiscal continuaría operando con normalidad, con la única modificación perimetral para el área solicitada.

Que han prestado conformidad la División Operativa Mendoza a través de Informes IF-2025-02241564-ARCA-DVOPME#SDGOAI e IF-2025-03069022-ARCA-DVOPME#, el Departamento Aduana de Mendoza mediante IF-2025-03025118-ARCA-ADMEND#SDGOAI, la División Regional Jurídica 7 – Cuyo mediante IF-2025-03058374-ARCA-DVRJU7#SDGTLA y la Dirección Regional Aduanera Cuyo en IF-2025-03252570-ARCA-DIRACU#SDGOAI.

Que la División Control y Monitoreo Operativo dependiente del Departamento Centro Único de Monitoreo Aduanero a través de IF-2025-04201800-ARCA-DVCYMO#SDGCAD, de fecha 20 de Noviembre de 2025 concluye que en virtud de las pruebas realizadas, el estado de funcionamiento del sistema de CCTV del punto operativo cumple con los requisitos de la Resolución General N°4352 sus modificatorias y complementarias.

Que conforme lo expuesto y habiendo tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera mediante IF-2025-04479634-ARCA-DILEGA#SDGTLA de fecha 17 de diciembre de 2025 y de Asuntos Jurídicos a través del IF-2025-04486812-ARCA-DVDRTA#SDGASJ de fecha 17 de diciembre de 2025, corresponde aprobar el trámite de modificación.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 1° de la Disposición 6/2018 DGA de fecha 16 de marzo de 2018, Disposición DI-2025-234-E-ARCA-ARCA de fecha 14 de Noviembre de 2025 y Decreto 953 de fecha 25 de octubre de 2024.

Por ello,

EL SUBDIRECTOR GENERAL DE LA SUBDIRECCION GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Modifíquese la superficie del depósito fiscal general del “INSTITUTO DE DESARROLLO INDUSTRIAL, TECNOLOGICO Y DE SERVICIO”, CUIT N° 30-70822845-8 , habilitado por Resolución Nº 46/2021 (SDG OAI) de fecha 30 de julio de 2021, ubicado en la calle Rafael Cubillos Nº 1900 – San Francisco del Monte- Godoy Cruz, Provincia de MENDOZA, jurisdicción del Departamento Aduana de MENDOZA, el que quedará conformado con una superficie total de CIENTO TRES MIL QUINIENTOS SETENTA Y SIETE CON NOVENTA Y OCHO METROS CUADRADOS (103.577,98 m2) compuesta de una superficie cubierta de DOS MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO CON OCHENTA Y SEIS METROS CUADRADOS (2784,86 m2); una superficie descubierta de CIEN MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS CON DOCE METROS CUADRADOS (100.346,12 m2) y una superficie semicubierta de CUATROCIENTOS CUARENTA Y SIETE METROS CUADRADOS (447,00 m2), conforme plano obrante a IF-2025-03772411-ARCA-DVOPME#SDGOAI, en los términos de la Resolución General N°4352, sus modificatorias y complementarias.

ARTICULO 2°.- Téngase presente que la vigencia operativa del depósito fiscal general en la Tabla de Lugares Operativos (LOT) del Sistema Informático MALVINA o la que en el futuro la reemplace, quedará sujeta al cumplimiento del sistema informático de control de stock permanente y al mantenimiento por parte del permisionario de los requisitos, condiciones operativas, documentales y tecnológicas establecidas en los Anexos I, II, III, IV y V de la Resolución General N° 4352, sus modificatorias y complementarias, tenidas en cuenta para su habilitación.

ARTICULO 3°: Regístrese. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera CUYO y el Departamento Aduana de MENDOZA. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado, remítase copia para conocimiento a la Subdirección General de Control Aduanero y continúese con los trámites de rigor.

Gustavo Javier Araujo

e. 16/01/2026 N° 2216/26 v. 16/01/2026

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