Dumping | Anteojos de Sol, Armazones | Investigación por Expiración de Plazo

Nos dirigimos a ustedes a fin de comunicarles que, en el marco de lo establecido por el Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio (Ronda Uruguay) de 1994, incorporado a nuestro ordenamiento jurídico por medio de la Ley No 24.425, y mediante Resolución N° 96/2021 (RESOL-2021-96-APN-MDP) del 30 de marzo de 2021, publicada en el Boletín Oficial el 31 de marzo de 2021, se dispuso la procedencia de la apertura de examen por expiración de plazos de la medida dispuesta por la Res. Ex MPYT 218/2019, a las operaciones de exportación hacia la REPÚBLICA ARGENTINA de “Anteojos de Sol, Armazones para Anteojos y Gafas (Anteojos), Correctoras o Pregraduadas”, originarias de la REPÚBLICA POPULAR CHINA.

Cumplimos en informarles que se invita a las partes interesadas a ofrecer todas aquellas pruebas que consideren pertinentes en defensa de sus intereses en virtud de las garantías enmarcadas en el Artículo 6 del Acuerdo Antidumping, hasta el día 10 de junio de 2021, en tanto que para la presentación del Cuestionario del Importador, se establece como plazo 04/05/21.

En tal sentido, adjuntamos el cuestionario del Importador en formato Word (descargar) y Excel (descargar) para las firmas interesadas en tomar parte de la investigación.

Cualquier información o consulta relacionada con las actuaciones de la referencia deberá ser remitida en forma digital a la DIRECCIÓN DE COMPETENCIA DESLEAL de la DIRECCIÓN NACIONAL DE GESTIÓN COMERCIAL de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICA Y GESTIÓN COMERCIAL de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, ECONOMÍA DEL CONOCIMIENTO Y GESTIÓN COMERCIAL EXTERNA del MINISTERIO DE DESARROLLO PRODUCTIVO, Mesa General de Entradas, a través del sitio oficial  https://www.argentina.gob.ar/produccion/mesa-entradas-aspo/formulario-tramites  y/o a la dirección de correo electrónico mgedesarrolloproductivo@gmail.com .

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