Comunicación “A” 7771/2023

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Comunicación “A” 7771/2023

 

18/05/2023

A LAS ENTIDADES FINANCIERAS,

A LAS CASAS DE CAMBIO:

Ref.: Circular CAMEX 1-964:

Exterior y cambios. Adecuaciones.

Nos dirigimos a Uds. para comunicarles que esta Institución adoptó la siguiente resolución:

“1. Reemplazar el punto 1. de la Comunicación “A” 7766 por el siguiente:

“1. Establecer que las entidades sólo podrán dar acceso al mercado de cambios para cursar pagos de importaciones de bienes en el marco de lo dispuesto en los puntos 8.1. a 8.6. de la Comunicación “A” 7622 y complementarias cuando se verifiquen las siguientes condiciones:

1.1. se trate de un pago que corresponde a una declaración SIRA que obtuvo el estado “SALIDA” hasta el 11.5.23.

1.2. se trate de un pago con registro de ingreso aduanero pendiente que corresponde a una declaración SIRA que obtuvo el estado “SALIDA” a partir del 12.5.23 y la entidad constató que a la declaración se le asignó un plazo de 0 (cero) días corridos.”

2. Derogar la excepción establecida en el punto 2. de la Comunicación “A” 7433 para el código de concepto “S02. Servicios de fletes”, por lo que las entidades deberán requerir una declaración efectuada a través del Sistema de Importaciones de la República Argentina y Pagos de Servicios al Exterior (SIRASE) en estado “APROBADA” para dar acceso al mercado de cambios para cursar pagos de servicios por el mencionado concepto.”

Asimismo, les informamos que posteriormente les haremos llegar las hojas que, en reemplazo de las oportunamente provistas, corresponderá incorporar en las normas de referencia.

Saludamos a Uds. atentamente.

BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA

Oscar C. Marchelletta, Gerente Principal de Exterior y Cambios – María D. Bossio, Subgerenta General de Regulación Financiera.

e. 24/05/2023 N° 37990/23 v. 24/05/2023

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