Circular 2/2025

AGENCIA DE RECAUDACIÓN Y CONTROL ADUANERO

Circular 2/2025

CIRAF-2025-2-E-ARCA-ARCA

 

Ciudad de Buenos Aires, 17/10/2025

VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2025-03172481- -ARCA-SCDODETNCA#SDGTLA y

CONSIDERANDO:

Que la Dirección de Mercosur dependiente del Ministerio de Economía informó, mediante la Nota N° NO-2025-65959431-APN-DM#MEC del 18 de junio de 2025, la entrada en vigencia del Cuadragésimo Sexto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 14, correspondiente al “Acuerdo sobre la Política Automotriz Común entre la República Argentina y la República Federativa del Brasil” celebrado el 29 de abril de 2025.

Que el Cuadragésimo Sexto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 14 establece nuevas condiciones para productos del sector automotor, actualizando las posiciones arancelarias del listado de bienes que incluye el Acuerdo, así como también de los requisitos específicos de origen, con el fin de promover el desarrollo de la industria automotriz y el flujo comercial de productos automotores entre ambos países.

Que en virtud de ello y con el objeto de facilitar a los operadores de comercio exterior el uso y aplicación de lo establecido en el Protocolo Adicional citado, corresponde el dictado de la presente medida.

POR ELLO:

En ejercicio de las facultades conferidas a esta Agencia de Recaudación y Control Aduanero por el artículo 9° del Decreto N° 618 del 10 de julio de 1997, sus modificatorios y sus complementarios, y por el Decreto N° 953 del 24 de octubre de 2024, se estima conveniente precisar lo siguiente:

1. El Cuadragésimo Sexto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 14 establece nuevas condiciones para productos del sector automotor, actualizando las posiciones arancelarias del listado de bienes que incluye el Acuerdo, así como también de los requisitos específicos de origen, con el fin de promover el desarrollo de la industria automotriz y el flujo comercial de productos automotores entre ambos países.

2. El Cuadragésimo Sexto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 14 entró en vigencia entre la República Argentina y la República Federativa de Brasil, el 17 de junio de 2025.

3. El texto completo del Cuadragésimo Sexto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 14, podrá ser consultado en el sitio “web” institucional de este Organismo (https://www.arca.gob.ar).

Comuníquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL para su publicación en el Boletín Oficial, difúndase en el Boletín de la Dirección General de Aduanas y archívese.

Juan Alberto Pazo, Director Ejecutivo.

e. 21/10/2025 N° 78246/25 v. 21/10/2025

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