Resolución General 5681/2025
Procedimiento. Régimen de facilidades de pago de obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social. Resolución General N° 5.321 y sus modificatorias. Norma modificatoria.
La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
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Procedimiento. Régimen de facilidades de pago de obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social. Resolución General N° 5.321 y sus modificatorias. Norma modificatoria.
Procedimiento. Micro, Pequeñas y Medianas Empresas. Pequeños contribuyentes. Entidades sin fines de lucro. Sector Salud. Régimen especial de facilidades de pago. Resolución General N° 5.629. Norma modificatoria.
Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA). Régimen de Importación de Bienes Integrantes de Grandes Proyectos de Inversión. Resolución N° 256/00 (ME) y sus modificatorias. Su implementación.
Procedimiento. Bonos para la Reconstrucción de una Argentina Libre (BOPREAL). Decreto N° 72/23. Dación en pago para la cancelación de obligaciones. Resolución General N° 5.469. Norma complementaria.
Circuito Operativo de Exportaciones – Mendoza Uspallata (COEMU). Resolución General N° 5.446. Su abrogación.
Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales. Régimen de percepción. Resolución General N° 5.617. Su modificación.
Procedimiento. Dirección General Impositiva. Subdirección General de Operaciones Impositivas de Grandes Contribuyentes. Clasificación de contribuyentes bajo su jurisdicción.
Incorporación de sujetos al programa “Operador Económico Autorizado” (OEA). Permisionarios de depósitos fiscales y terminales de carga marítima. Resolución General N° 5.107 y sus complementarias.
Nomenclatura Común del Mercosur (NCM). Clasificación arancelaria de mercaderías en la citada nomenclatura, de acuerdo con el procedimiento previsto en la Resolución General N° 1.618. NCM: 1806.90.00, 4901.99.00, 3003.90.39, 7019.69.00, 3824.99.29, 3824.99.29, 9018.19.80, 9401.39.00, 8708.99.90, 8517.62.99, 1806.90.00, 4901.99.00, 7019.69.00, 9603.90.00, 7019.69.00, 3924.10.00, 8470.50.10, 2931.90.29, 9026.20.10 y 9401.71.00.
Impuesto Para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAIS). Procedimiento excepcional de devolución de saldos a favor de los agentes de percepción. Resolución General N° 5.638. Su modificación.