
Cámara de Importadores de la República Argentina
La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.

La Cámara de Importadores de la República Argentina (CIRA) es una organización no gubernamental, privada y sin fines de lucro, con una trayectoria de 114 años al servicio del sector importador.
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Ref.: Circular CAMEX 1-1043: Exterior y Cambios. Adecuaciones.
Ref.: Circular CAMEX 1-1042: Exterior y Cambios. Actualización del texto ordenado
Ref.: Circular CAMEX 1-1041: Exterior y Cambios. Adecuaciones.
Comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías que se detallan en el Anexo IF-2024-01525869-AFIP-DIABSA#SDGOAM que forma parte integrante del presente, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada.
Comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías que se detallan en el Anexo IF-2024-01277778-AFIP-DIABSA#SDGOAM que forma parte integrante del presente, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos.
La DIRECCIÓN ADUANA DE EZEIZA, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuyo detalle se indica en el Anexo IF-2024-01196687-AFIP-SEGDRZDIADEZ#SDGOAM, que forma parte integrante del presente, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada.
Ref.: Circular CONAU 1 – 1388, RUNOR 1 – 1532, R.I. Contable Mensual – “Seguimiento de las negociaciones de divisas de exportaciones de bienes” (R.I. – SECOEXPO).
Ref.: Circular CAMEX 1-933: Exterior y cambios. Adecuaciones
Ref.: Circular CAMEX 1-932: Exterior y cambios. Adecuaciones.
La DIRECCIÓN ADUANA DE EZEIZA, comunica por única vez a aquellos que acrediten su derecho a disponer de las mercaderías cuyo detalle se indica en el Anexo IF-2022-01332438-AFIP-SEGEZE#SDGOAM, que podrán dentro del plazo de TREINTA (30) días corridos, solicitar alguna destinación autorizada, previo pago de las multas que por derecho correspondieren.
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