Resolución 241/2019

MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR

Resolución 241/2019

RESOL-2019-241-APN-SCI#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 16/05/2019

VISTO el Expediente N° EX-2018-52898112- -APN-DGD#MPYT, las Leyes Nros. 22.802 y sus modificatorias y 24.240 y sus modificatorias, los Decretos Nros. 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, y 274 de fecha 17 de abril de 2019, las Resoluciones Nros. 123 de fecha 3 de marzo de 1999 y su modificatoria, 431 de fecha 28 de junio de 1999 y sus modificatorias ambas de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, 76 de fecha 22 de junio de 2004 de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y PRODUCCIÓN y 54 de fecha 2 de octubre de 2018 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, y

CONSIDERANDO:

Que la Resolución N° 54 de fecha 2 de octubre de 2018 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, estableció la obligatoriedad de certificación del cumplimiento de los requisitos esenciales de seguridad y calidad de los cementos para la construcción, que se comercialicen en el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que mediante el expediente citado en el Visto, el Centro de Investigación y Desarrollo en Construcciones del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, solicitó su reconocimiento para desempeñarse como laboratorio de ensayo en materia de certificación de “Cementos para la Construcción”, bajo las Normas IRAM 50000 (Cementos para uso general. Composición y requisitos); IRAM 50001 (Cementos con propiedades especiales. Requisitos); IRAM 50002 (Cementos para hormigón de uso vial aplicable con tecnología de alto rendimiento TAR) y IRAM 1685 (Cementos de albañilería), en aplicación de la Resolución Nº 54/18 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO.

Que el Centro de Investigación y Desarrollo en Construcciones del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL ha presentado la documentación necesaria para confirmar el cumplimiento de lo señalado en el considerando inmediato anterior, habiendo sido evaluada y aprobada la misma favorablemente por el Sector de Evaluación de la Conformidad de la Dirección de Políticas de Comercio Interior y Competencia, dependiente de la SUBSECRETARÍA DE POLÍTICAS DE MERCADO INTERNO de la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que, en ese sentido y en relación al requisito de la acreditación, el Centro de Investigación y Desarrollo en Construcciones del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL – (Centro – INTI Construcciones) cuenta, conforme lo establece la Resolución N° 76/04 de la ex SECRETARÍA DE COORDINACIÓN TÉCNICA, con un plazo total de DIECIOCHO (18) meses, contados a partir de la fecha en que se reúnan la doble condición de su reconocimiento por la autoridad y la entrada en vigencia del respectivo régimen de certificación para el que fue reconocido, para obtener el correspondiente certificado de acreditación emitido por el ORGANISMO ARGENTINO DE ACREDITACIÓN (OAA), para los ensayos para los que fueron reconocidos.

Que, en su condición de organismo descentralizado del ESTADO NACIONAL, la actividad del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL se encuentra respaldada por el mismo, siendo éste el que responde ante eventuales reclamos que pudieran realizar terceros como eventuales perjudicados por el desarrollo de su actividad como Organismo de Certificación.

Que mediante la Resolución N° 123 de fecha 3 de marzo de 1999 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, se dispuso la intervención en el proceso de reconocimiento de un Comité de Evaluación convocado al efecto.

Que, en ese sentido, ha tomado la debida intervención el Comité de Evaluación de Laboratorios de Ensayos, según consta en el Acta de fecha 30 de octubre de 2018 (IF-2018-55937295-APN- DPCIYC#MPYT), mediante la cual el citado Subcomité se ha expedido favorablemente, recomendando el reconocimiento del Centro de Investigación y Desarrollo en Construcciones del Instituto Nacional de Tecnología Industrial, para desempeñarse como laboratorio de ensayos bajo las Normas IRAM 50000 (Cementos para uso general. Composición y requisitos); IRAM 50001 (Cementos con propiedades especiales. Requisitos); IRAM 50002 (Cementos para hormigón de uso vial aplicable con tecnología de alto rendimiento TAR) y IRAM 1685 (Cementos de albañilería), según la Resolución N° 54/18 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO.

Que las Resoluciones N° 123/99 y 431 de fecha 28 de junio de 1999, ambas de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS, establecen que, para su participación en los Regímenes de Certificación Obligatoria, los Organismos de Certificación y los Laboratorios de Ensayo deberán contar con el reconocimiento al efecto de la ex Dirección Nacional de Comercio Interior, dependiente de la ex SUBSECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA.

Que, en atención al cambio normativo introducido por el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios, mediante el Decreto N° 48 de fecha 11 de enero de 2019, se encomendó en la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO las competencias referidas a la Ley Nº 22.802 y sus modificatorias, resultando la Autoridad Competente para el citado reconocimiento.

Que en el marco de asegurar la lealtad y transparencia en las relaciones comerciales y garantizar el acceso a información esencial sobre los productos y servicios comercializados en la REPÚBLICA ARGENTINA a través de canales físicos o digitales, en interés de todos los participantes del mercado, se dictó el Decreto N° 274 de fecha 17 de abril de 2019, por medio del cual se derogó la ley mencionada en el párrafo inmediato superior.

Que, mediante el Artículo N° 25 del aludido cuerpo normativo, se definió como Autoridad de Aplicación del referido Decreto a la SECRETARÍA DE COMERCIO INTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades otorgadas por los Decretos Nros. 174/18 y sus modificatorios y 274/19.

Por ello,

EL SECRETARIO DE COMERCIO INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°- Reconócese al Centro de Investigación y Desarrollo en Construcciones del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL, organismo descentralizado en el ámbito del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, como Laboratorio de Ensayo en aplicación del régimen establecido por la Resolución N° 54 de fecha 2 de octubre de 2018 de la ex SECRETARÍA DE COMERCIO del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, en materia de “cementos para la construcción”, bajo las Normas IRAM 50000 (Cementos para uso general. Composición y requisitos); IRAM 50001 (Cementos con propiedades especiales. Requisitos); IRAM 50002 (Cementos para hormigón de uso vial aplicable con tecnología de alto rendimiento TAR) y IRAM 1685 (Cementos de albañilería).

ARTÍCULO 2º.- La presente resolución comenzará a regir a partir de la fecha de su publicación en el Boletín Oficial.

ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Ignacio Werner

e. 20/05/2019 N° 34271/19 v. 20/05/2019

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