Resolución 185/2020

MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

Resolución 185/2020

RESOL-2020-185-APN-MAD

Ciudad de Buenos Aires, 02/06/2020

VISTO: El expediente Nº EX-2020-14396238- -APN-DRIMAD#SGP del Registro del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, las Leyes Nº 22.421 y 24.375, los Decretos Nº 1347 de fecha 10 de diciembre de 1997 y N° 666 de fecha 25 de julio de 1997, las Resoluciones MAyDS Nº 477 de fecha 23 de agosto de 2018, SGAyDS Nº 410 de fecha 22 de octubre de 2019 y Resolución MAyDS Nº 507 de fecha 4 de septiembre de 2018, el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019, la Decisión Administrativa Nº 262 de fecha 28 de febrero de 2020, y la Decisión Administrativa N° 178 de fecha 19 de febrero de 2020, y

CONSIDERANDO

Que por Decreto Nº 666 de fecha 25 de julio de 1997 se designó a la entonces SECRETARÍA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE como autoridad de aplicación en jurisdicción nacional de la Ley Nº 22.421 de Conservación de la Fauna Silvestre.

Que los artículos 21, 26 y 34 de la citada norma disponen que la importación, exportación y el comercio interprovincial o hacia y dentro de la jurisdicción federal de animales vivos de la fauna silvestre, como así también la de sus pieles, cueros y demás productos y subproductos, requerirá la autorización previa de la Autoridad Nacional de Aplicación.

Que la Resolución del Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sustentable Nº 477 de fecha 23 de agosto de 2018, establece que toda importación, exportación y reexportación de especímenes de flora silvestre incluidas en los Apéndices de la Convención CITES, y toda importación de flora silvestre, requerirá la previa intervención de la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIODIVERSIDAD de la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES.

Que por Decreto Nº 1347 de fecha 10 de diciembre de 1997 se designó a la entonces SECRETARÍA DE RECURSOS NATURALES Y DESARROLLO SUSTENTABLE, actual MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE como autoridad de aplicación de la Ley Nº 24.375, por la cual se aprobó el Convenio sobre la Diversidad Biológica.

Que la Resolución de la Secretaria de Gobierno de Ambiente y Desarrollo Sustentable Nº 410 de fecha 22 de octubre de 2019 establece que el acceso al material genético al que alude el artículo 2º del Convenio sobre la Diversidad Biológica aprobado por la Ley Nº 24.375, que fuere proveniente de la biodiversidad, recolectado o adquirido por cualquier medio, con fines científicos o de investigación aplicada a la industria o al comercio, con el propósito de importación o exportación, deberá contar con la autorización de la entonces SECRETARÍA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE hoy MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

Que por Resolución del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE Nº 507 de fecha 4 de septiembre de 2018, se autorizó a distintos agentes a suscribir los certificados, guías de tránsito y permisos contemplados en el Decreto Nº 666/97, reglamentario de la Ley Nº 22.421 de Conservación de la Fauna Silvestre; los certificados de flora contemplados en la Resolución ex SAyDS Nº1766/07 y los certificados de acceso, exportación e importación de material genético proveniente de la Diversidad Biológica contemplados en la Resolución ex SAyDS Nº 226/10.

Que, a través del Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 se aprobó el Organigrama de Aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta el nivel de Subsecretaría.

Que por Decisión Administrativa Nº 262 de fecha 28 de febrero de 2020 se designó a la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIODIVERSIDAD de la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES, como responsable de asistir en la formulación e implementación de la política ambiental para el conocimiento, conservación y uso sustentable de la biodiversidad, el acceso a los recursos genéticos y la distribución justa y equitativa de los beneficios derivados de su utilización.

Que, mediante la Decisión Administrativa N° 178 de fecha 19 de febrero de 2020 se designa al licenciado Guillermo Alejandro PRIOTTO, en el cargo de Director Nacional de Biodiversidad dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE.

Que, ante el cambio de autoridades y la reorganización de los equipos de trabajo de este MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE, es necesario modificar la nómina de agentes autorizados a suscribir los permisos, guías de tránsito y certificados mencionados en los párrafos anteriores.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA del MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE ha tomado intervención en el ámbito de su competencia.

Que la presente medida se dicta de conformidad con lo dispuesto por los Decretos Nº 666/97 y 1347/97, las Resoluciones MAyDS Nº 477/18 y 410/19, y en virtud de lo establecido en el Decreto Nº 7 de fecha 10 de diciembre de 2019, Nº 174 de fecha 10 de diciembre de 2018, sus modificatorios y complementarios.

Por ello,

EL MINISTRO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. – Autorícese a suscribir y extender los certificados, guías de tránsito y permisos contemplados en el Decreto Nº 666/97, reglamentario de la Ley Nº 22.421 de Conservación de la Fauna Silvestre, a los siguientes agentes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIODIVERSIDAD dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES: Guillermo Alejandro PRIOTTO (D.N.I N° 21.999.264); Gustavo Marcelo PORINI (DNI N° 16.593.851); Walter Servando PRADO (D.N.I N° 17.333.751); Ricardo Alfredo BANCHS (DNI N° 13.213.599); Silvana Marina PEKER (D.N.I N° 25.646.419); Jorge Luis MERIGGI (D.N.I N° 24.672.400) y María Luisa BOLKOVIC, (D.N.I N° 16.730.395).

ARTÍCULO 2º.- Autorícese a suscribir los certificados de flora contemplados en la Resolución MAyDS Nº 477/18 a los siguientes agentes de la DIRECCIÓN NACIONAL DE BIODIVERSIDAD dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES: Guillermo Alejandro PRIOTTO (D.N.I N° 21.999.264); Inés KASULIN (D.N.I N° 18.563.884); Joaquín FAVA (D.N.I N° 24.334.395) y Ricardo Alfredo BANCHS (DNI N° 13.213.599).

ARTÍCULO 3º.– Autorícese a suscribir autorizaciones de acceso, los certificados de cumplimiento, exportación e importación de recursos genéticos proveniente de la Diversidad Biológica contemplados en la Reolución SGAyDS Nº 410/19 al DIRECTOR NACIONAL DE BIODIVERSIDAD dependiente de la SECRETARÍA DE POLÍTICA AMBIENTAL EN RECURSOS NATURALES: Guillermo Alejandro PRIOTTO (D.N.I N° 21.999.264).

ARTÍCULO 4°. – Deróguese la Resolución MAyDS Nº 507/18.

ARTÍCULO 5º.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan Cabandie

e. 05/06/2020 N° 22304/20 v. 05/06/2020

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