Resolución 17/2020

ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

Resolución 17/2020

RESOL-2020-17-E-AFIP-SDGOAI

Ciudad de Buenos Aires, 20/07/2020

VISTO lo actuado en el EX -2020-00315238-AFIP-DVZPYF#SDGOAI (SIGEA N° 17542-66-2019) del registro de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL de INGRESOS PÚBLICOS, y

CONSIDERANDO

Que la firma “Transtotal S.R.L.” CUIT N° 30-70885531-2, presentó con fecha 29 de Octubre de 2019, carta de intención para la habilitación de un depósito fiscal general en los términos de lo normado en el art. 3° de la Resolución General N° 4352, ubicado en la calle Arroyo Ludueña 6750, Zona Industrial de la ciudad de PEREZ, Provincia de SANTA FE, jurisdicción de la Aduana ROSARIO.

Que a tales fines la firma, aporta información y documentación relativa al tipo de mercaderías que se pretenden almacenar, trazabilidad, descripción operativa, inversiones proyectadas y tecnología a implementar entre otras.

Que el lugar que se pretende habilitar contará con una superficie total aproximada de 10.250 m2 (DIEZ MIL DOSCIENTOS CINCUENTA) de superficie total, compuesta de 2.208 m² (DOS MIL DOSCIENTOS OCHO METROS CUADRADOS) cubiertos y 8.042 m² (OCHO MIL CUARENTA Y DOS METROS CUADRADOS) descubiertos para almacenar mercadería general, excepto peligrosas.

Que la División Aduana ROSARIO mediante Nota N° 512/19(AD ROSA) de fecha 6 de noviembre de 2019 y la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA a través de Notas N°486/19, de fecha 4 de diciembre de 2019 y Nota N° 4/2020 (DI RAHI), de fecha 7 de enero de 2020, consideran oportuno dar curso favorable a la presentación en trato, ello sin perjuicio de requerir a la firma al momento de la habilitación la adecuación de la infraestructura existente tal como se expone en el Informe emitido por la Oficina de Depósitos Fiscales N° 109/19 (OFDF ADROSA), en el que se basan los anteriores.

Que habiéndose elevado la actuación a la Dirección de Reingeniería de Procesos Aduaneros a fin de que analice si scanner propuesto por la firma se adecúa a las especificaciones técnicas detalladas en la página web del organismo conforme la Resolución General N° 4352, la citada área se expide con fecha 18 de marzo de 2020 informando que el equipo reúne las características técnicas requeridas en el apartado “1.Especificaciones Técnicas Particulares “ del documento “III-Escanera de Rayos X para la inspección no intrusiva de bultos, cargas y pallets, con tecnología simple vista “ publicado en el Micrositio de Depósitos Fiscales”.

Que conforme lo expuesto y habiendo tomado la intervención que les compete las Subdirecciones Generales de Técnico Legal Aduanera mediante IF-2020-00405818-AFIP-DILEGA#SDGTLA (DI LEGA) de fecha 8 de julio de 2020; de Asuntos Jurídicos a través del IF-2020-00412032-AFIP-DVDRTA#SDGASJ de fecha 13 de julio de 2020 y de Operaciones Aduaneras del Interior, corresponde aprobar la solicitud de prefactibilidad iniciada en los términos de la Resolución General N° 4.352.

Que la presente se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo N° 1 de la Disposición N° DI-2018-6-E-AFIP-DGADUA.

Por ello,

LA SUBDIRECTORA GENERAL DE LA SUBDIRECCIÓN GENERAL DE OPERACIONES ADUANERAS DEL INTERIOR

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Apruébese la factibilidad del proyecto de habilitación de un depósito fiscal general presentada por “Transtotal S.R.L.” CUIT N° 30-70885531-2, ubicado en la calle Arroyo Ludueña 6750, Zona Industrial de la ciudad de PEREZ, Provincia de SANTA FE, jurisdicción de la Aduana de ROSARIO.

ARTICULO 2°: Establécese que a los fines de la habilitación del depósito fiscal general en trato, la firma deberá cumplimentar el trámite de habilitación normado en la Resolución General N° 4352, cumplir con los requerimientos documentales, físicos y tecnológicos especificados en la misma, asi como también acreditar la inexistencia de deudas liquidas y exigibles por obligaciones impositivas, aduaneras o de recursos de la seguridad social.

ARTICULO 3°.– Regístrese. Comuníquese. Dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial para su publicación y publíquese en el Boletín de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS. Tome conocimiento la Dirección Regional Aduanera HIDROVIA y la Aduana ROSARIO. Por la División Zonas Primarias y Fronteras notifíquese por Sistema de Comunicaciones y Notificaciones Electrónicas Aduaneras (SICNEA) al interesado y continúese con los trámites de rigor. Silvia Nery Pisanu

e. 07/08/2020 N° 31050/20 v. 07/08/2020

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