Resolución Conjunta 55/2019

SECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR Y SECRETARÍA DE INDUSTRIA

Resolución Conjunta 55/2019

RESFC-2019-55-APN-SCE#MPYT

Ciudad de Buenos Aires, 29/07/2019

VISTO el Expediente Nº EX-2018-37980929- -APN-DE#MP, y

CONSIDERANDO:

Que la firma LA PAPELERA DEL PLATA SOCIEDAD ANÓNIMA, C.U.I.T. N° 30-50103667-2, ha solicitado los beneficios establecidos en el Régimen de Importación de Bienes Integrantes de “Grandes Proyectos de Inversión” conforme a la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, 424 de fecha 31 de agosto de 2016 y 432 de fecha 11 de septiembre de 2017 ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN.

Que la mencionada normativa, así como la Resolución N° 204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, establecen los requisitos que debe cumplir la peticionante para acceder a los beneficios del mencionado Régimen.

Que la Resolución N° 242 de fecha 11 de abril de 2019 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO introdujo modificaciones a la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, estableciendo en su Artículo 15 que las mismas no serán de aplicación a las solicitudes que a la fecha se encuentren pendientes de resolución, con excepción de lo previsto en sus Artículos 9° y 11.

Que los bienes a importar forman parte de un proyecto destinado a la instalación de CUATRO (4) líneas de producción nuevas, completas y autónomas, para la preparación de pasta de fibra reciclada, preparación de pasta de fibra celulósica; fabricación de papel tissue y sus sistemas auxiliares de servicio tales como efluentes y caldera y Conversión tissue: Rollos de cocina e Higiénico, servilleta y pañuelos, conforme al Artículo 2° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias.

Que los bienes mencionados en el Artículo 1° de la presente resolución, serán instalados en el predio declarado por la empresa en las actuaciones indicadas en el Visto.

Que la empresa obtuvo los Certificados de Trámite Nros. 547 con fecha 3 de septiembre de 2018, 655 con fecha 16 de enero de 2019 y 712 con fecha 17 de mayo de 2019 con base en lo dispuesto en el Artículo 17 de la Resolución Nº 256 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, a fin de poder realizar las operaciones de importación al amparo del citado Régimen.

Que el grado de utilización de los certificados de trámite citados en el considerando precedente, será verificado en instancia de auditoria de las presentes actuaciones.

Que los bienes de origen importados declarados en el IF-2018-66239540-APN-DE#MPYT de expediente de la referencia, forman parte de la línea de producción y, por ende, quedan alcanzados por las restricciones previstas por el Régimen y deberán ser debidamente auditados en la oportunidad que prevé la normativa en cuestión.

Que la firma peticionante adquirirá UN (1) puente grúa de SEIS (6) Toneladas, UNA (1) cinta transportadora y UN (1) tanque de almacenamiento de origen nacional, los cuales forman parte de las líneas de producción y, por lo tanto, quedan alcanzados por las restricciones previstas por el Régimen y deberán ser debidamente auditados.

Que hasta el momento la empresa no ha informado la importación de repuestos al amparo del Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias

Que la UNIVERSIDAD TECNOLÓGICA NACIONAL (UTN)- FACULTAD REGIONAL AVELLANEDA, ha intervenido desde el punto de vista técnico en el análisis del proyecto opinando que el mismo responde a lo previsto en la legislación vigente.

Que conforme al Artículo 16 de la Resolución N° 204/00 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA y sus modificatorias, la Dirección Nacional de Industria de la SECRETARÍA DE INDUSTRIA, y la SUBSECRETARÍA DE FACILITACIÓN DEL COMERCIO de la SECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR, ambas del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, han analizado el proyecto de manera conjunta, emitiendo un Dictamen del cual surge que la línea a importar encuadra dentro de los objetivos fijados por la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA modificada por las Resoluciones Nros. 1.089/00, 8/01 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 216/03 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, 424/16 y 432 de fecha 11 de septiembre de 2017 ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 242 de fecha 11 de abril de 2019 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, determinando procedente la solicitud de la firma LA PAPELERA DEL PLATA SOCIEDAD ANONIMA conforme a las disposiciones del Régimen referido.

Que la firma LA PAPELERA DEL PLATA SOCIEDAD ANONIMA declara bajo juramento que no está ingresando al país bienes o componentes de bienes comprendidos dentro del marco de la Ley Nº 24.051 de Residuos Peligrosos y sus modificaciones y de la Ley Nº 24.040 de Compuestos Químicos.

Que conforme al Artículo 5° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, la firma deberá adquirir bienes de uso nuevos de origen local por un monto igual o superior al VEINTE POR CIENTO (20 %) del valor total de aquellos bienes nuevos importados al amparo del presente Régimen. Tal obligación deberá cumplirse desde la presentación de la solicitud del beneficio ante la Autoridad de Aplicación y hasta el plazo máximo de DOS (2) años posteriores a la fecha de la emisión del Certificado de Trámite N° 712 con fecha 17 de mayo de 2019.

Que de acuerdo al Artículo 14 y 14 bis de la resolución citada en el considerando precedente y los Artículos 19 y 19 bis de la Resolución N° 204/00 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA y sus modificatorias, el proyecto aprobado deberá ser objeto de una auditoría a realizarse una vez que hayan expirado todos los plazos previstos para el cumplimiento de los compromisos adoptados por la empresa beneficiaria derivados del mencionado Régimen.

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y TRABAJO ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente resolución se dicta conforme a lo previsto por el Decreto Nº 174 de fecha 2 de marzo de 2018 y sus modificatorios y el Artículo 8º de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias.

Por ello,

LA SECRETARIA DE COMERCIO EXTERIOR

Y

EL SECRETARIO DE INDUSTRIA

RESUELVEN:

ARTÍCULO 1º.– Considérase sujeta a lo establecido por la Resolución Nº 256 de fecha 3 de abril de 2000 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA modificada por las Resoluciones Nros. 1.089 de fecha 28 de diciembre de 2000, 8 de fecha 23 de marzo de 2001 ambas del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, 216 de fecha 2 de mayo de 2003 del ex MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, 424 de fecha 31 de agosto de 2016 y 432 de fecha 11 de septiembre de 2017 ambas del ex MINISTERIO DE PRODUCCIÓN y 242 de fecha 11 de abril de 2019 del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO , la importación de bienes integrantes del proyecto presentado por la firma LA PAPELERA DEL PLATA SOCIEDAD ANÓNIMA, C.U.I.T. N° 30-50103667-2, destinada a la preparación de pasta de fibra reciclada, preparación de pasta de fibra celulósica; fabricación de papel tissue y sus sistemas auxiliares de servicio tales como efluentes y caldera y Conversión tissue: Rollos de cocina e Higiénico, servilletas y pañuelos, cuya descripción de bienes se detallan a continuación:

Nº DE ORDEN DESCRIPCIÓN DE LA MERCADERÍA CANTIDAD (unidades)
1 EMBOLSADORA MOD FW1000 COMPLETA, INCLUYENDO: EMBOLSADORA(ENSACADORA) FW1000, APILADOR DE ROLLOS V90, HORNO DE RETRACCION MLF800, ETIQUETADORA EVO240, ENDEREZADOR DE ROLLOS, TRANSPORTADORES DE ROLLOS. UNA (1)
2 ROBOT MARCA FANUC MOD.M-410IC/185 (185KG) CON PINZA MOTORIZADA. UNA (1)
3 CURVA DE RODILLOS MOTORIZADOS, PARA INGRESAR LA MERCADERIA A LA ISLA DE PALETIZADO, MARCA OCME, (código de parte de la línea 1800016 A10C y del fabricante LTCA1 CRM00016M). UNA (1)
4 TRANSPORTADORES DE CARTONES A RODILLOS FRICCIONADOS PARA LA ISLA DE PALETIZADO. MARCA OCME. (código de parte de la línea 1800016 A10TC y nro de identificación interno del fabricante LTCA1 RFC00008M/8T). UNA (1)
5 PARADA DE ELEVACION CON PLACA DE CAMBIO DE VELOCIDAD Y RODILLOS DE PARADA PARA TRANSPORTAR AL LUGAR DE PALETIZADO. MARCA OCME (código de parte de la línea 1800016A 10FF y nro de identificación interno del fabricante LTCA1 SAP00004/CV00001). UNA (1)
6 ELEVADOR Y CENTRALIZADO DE PALLETS PARA REALIZAR EL PALETIZADO, MARCA OCME (código de parte de la línea 1800016 A10CP y nro de identificación interno del fabricante LROBT IS200500/PMR0B1600936000030). UNA (1)
7 TRANSPORTES DE TRES CADENAS, MOTORIZADOS PARA EL MOVIMIENTO DE LOS PALLETS, MARCA OCME (código de parte de la línea 1800016 A10TP y nro de identificación interno del fabricante LTPA1.TPC00002M/2T). DOS (2)
8 SISTEMA COMPLETO DE PROTECCION PARA LA ISLA DE PALETIZADO, MARCA SATECH, MOD GREEN FAST/STRONG. (CODIGO DE PARTE DE LA LINEA 1800016 A10P y nro de identificación interno del fabricante LPCOMCOM00049/52/60/62). UNA (1)
9 PANEL DE CONTROL CON INVERTER Y ROUTER DE 23 A CON INTERRUPTOR DE 32 A (CODIGO PARTE DE LA LINEA 1800016 A10Q y nro de identificación interno del fabricante LELET EL00004). UNA (1)
10 VEHICULO PARA EL TRANSPORTE EN FORMA COMPLETAMENTE AUTOMATICA DE PALLETS, MARCA OCME Y MODELO LGV AURIGA 25Z QUE FUNCIONA POR MEDIO DE UNA BATERIA DE GEL (SISTEMA LGV). DOS (2)
11 SUPERVISOR DEL SISTEMA LGV DE TRANSPORTE DE PALLETS PARA REALIZAR TODOS LOS MOVIMIENTOS EN FORMA AUTOMATICA, MARCA OCME CODIGO DE PARTE DE LA LINEA 1800016 A21. UNA (1)
12 EQUIPO DE CARGA Y CAMBIO DE BATERIAS DE GEL DE LOS VEHICULOS LGV AURIGA, MARCA OCME (CODIGO DE PARTE DE LA LINEA 1800016ª30. UNA (1)
13 ENVOLVEDORA DE PALLETS, MARCA ROBOPAC, modelo GENESIS CUBE. UNA (1)
14 ETIQUETADORA DE PALLETS, MARCA EIDOS y MODELO PRINTESS. DOS (2)
15 ESTACION DE CONTROL Y ABASTECIMIENTO DE PALLETS (SISTEMA STAND ALONE) 8 CODIGO DE PARTES DE LA OJNEA 1800016 A44). UNA (1)
16 COMBINACIÓN DE MÁQUINAS DESTINADAS A LA FABRICACIÓN DE PAPEL TISSUE, COMPUESTA POR: MAQUINA PARA LA PRODUCCIÓN DE PAPEL TISSUE MARCA “VALMET” MODELO “DCT200HS”, DISPOSITIVO DE LUBRICACIÓN, EQUIPAMIENTO DE TRATAMIENTO DE AIRE, SISTEMAS DE DOSIFICACIÓN RECUBRIMIENTO QUIMICO, VALVULAS, MOTORES Y TABLEROS DE CONTROL Y DISTRIBUCIÓN DE ENERGIA ELECTRICA. UN TURBOGENERADOR, UNA PRENSA DE SUCCIÓN, UN MEDIDOR DE GRAMAJE Y HUMEDAD, UN MEZCLADOR ESTÁTICO, UNA PRENSA VISCONIP, TANQUES PEQUEÑOS Y DISPOSITIVOS DE FILTRADO. UN YANKEE, UNA CAPOTA PARA SECADO DE PAPEL, UNA CAJA DE ENTRADA PARA LA FORMACIÓN DE PAPEL, EQUIPO DE MICROFLOTACIÓN D.A.F, Tanques de aire y equipos anexos. AGITADORES, BOMBAS, FILTRO GRAVITACIONAL Y DE AGUA. VARIADORES DE FRECUENCIA CONFIGURACION MUTIDRIVES ABB LINEA 800 EN 690VCA PARA LOS ACCIONAMIENTOS PRINCIPALES DE MAQUINA. VARIADORES DE FRECUENCIA CONFIGURACION SINGLE DRIVE ABB LINEA 800 EN 690VCA PARA CAPOTA. UNIDAD CORRECTORA DE FACTOR DE POTENCIA EN 690 VCA. CENTRO CONTROL DE MOTORES ABB 690VCA. CENTRO CONTROL DE MOTORES ABB 380VCA Y SERVICIOS AUXILIARES. UNIDAD DE ENERGIA SEGURA PARA CONTROL DE PROCESO UPS. PAQUETE DE MOTORES ELECTRICOS DE PROCESO DE MAQUINA 660 VCA. PAQUETE DE MOTORES ELECTRICOS DE PROCESOS AUXILIAERE DE MAQUINA 380 VCA. UNA (1)
17 COMBINACIÓN DE MÁQUINAS PARA LA ASPIRACIÓN Y FILTRADO DE POLVOS GENERADOS EN LA FABRICACIÓN DE PAPEL TISSUE COMPUESTA POR: CAMPANA ASPIRANTE CICLON, VENTILADORES Y TUBERÍAS DE CONEXIÓN, MARCA VALMET UNA (1)
18 EQUIPAMIENTO CONTRA INCENDIO DESTINADO A LOS SECTORES CAPOTA Y MONOLUCIDO PARA LA PRODUCCIÓN DE PAPEL TISSUE, MARCA VALMET UNA (1)
19 MANIPULADOR NEUMÁTICO PARA LA EXTRACCIÓNDE BARRAS EN BOBINAS DE PAPEL, CON DISPOSITIVO HIDRÁULICO PARA LA REGULACIÓN DE ALTURA MARCA “VALMET” MODELO “ ADVANTAGE SOFTREEL-L” UNA (1)
20 COMPRESORES DE AIRE DE 7 BAR DE PRESIÓN DE TRABAJO NOMINAL, CAUDAL 16,6 M3/MIN Y POTENCIA MAXIMA DE 149 KW MARCA “VALMET” UNA (1)
21 MÁQUINA DESFIBRADORA DE PAPEL MARCA “VALMET” MODELO “HP 33B1” UNA (1)
22 MÁQUINA DEPURADORA DE PASTA DE PAPEL MARCA “VALMET” MODELO “OPTISCREENV MS-120T, VST/1500 CUATRO (4)
23 MÁQUINAS REFINADORAS DE PASTA DE PAPEL MARCA “VALMET” MODELO “RF-02” DOS (2)
24 MEZCLADORAS DE PASTA DE PAPEL MARCA “VALMET” UNA (1)
25 RECIPIENTES DE ACERO INOXIDABLE MAYORES A 25 M3, marca VALMET. ONCE (11)
26 CELDA DE MEDIA TENSIÓN DE 13,2 KV MARCA “VALMET” EN VACÍO, DE 1250 AMP CINCO (5)
27 TRANSFORMADOR DE MEDIA TENSIÓN DE 13,2 KV/0,400 KV SECO EN RESINA 3150 KVA MARCA “VALMET” TRES (3)
28 TRANSFORMADOR DE MEDIA TENSIÓN DE 13,2KV/0,69 KV SECO EN RESINA 3150 KVA MARCA “VALMET” TRES (3)
29 PUENTE GRUA, PROVISTO DE DOS CARROS CON CAPACIDAD DE LEVANTE DE 40 Ton EL PRINCIPAL Y 20 Ton EL SECUNDARIO DE 24,2 m DE LUZ, MARCA KONECRANES UNA (1)
30 CALDERA ACUOTUBULAR DE VAPOR DE 22 TON/H A 18 BARES MARCA “CLEAVER BROOKS” MODELO “NB-200-45”. INCLUYE LOS SIGUIENTES EQUIPOS: QUEMADOR, ECONOMIZADOR INTEGRADO, COLECTOR DE VAPOR, VÁLVULAS, SISTEMAS DE CONTROL, TABLEROS Y BOMBAS CENTRÍFUGAS. CHIMENEA, TANQUES FLASH Y DESAREADOR, TORRE DE ENFRIAMIENTO, COLECTOR DE VAPOR, VÁLVULAS, SISTEMAS DE CONTROL, Y BOMBAS CENTRÍFUGAS UNA (1)
31 MAQUINA DE ENVOLVER PAPEL TISSUE CON BOBINA PLASTICA TIPO FILM STRECH MARCA “FIS IMPIANTI”, MODELO “Wrapping machine Axial 96” UNA (1)
32 COMBINACIÓN DE MÁQUINAS DESTINADAS A LA PREPARACIÓN DE PASTA DE PAPEL COMPUESTA POR: 1 TRANSPORTADOR DE ALIMENTACIÓN, 1PULPER HELICO MARCA “KADANT” MODELO “PH20”, 1 PERA DE VACIADO MARCA “KADANT” MODELO “PV 3/4”,1 FILTRO DE ALTA CONSISTENCIA MARCA “KADANT” MODELO “LCK 14,5”, 1 COLADOR VERTICAL MARCA “KADANT” MODELO “SO6-R”, 1 LAVADOR DE FIBRAS MARCA” KADANT” MODELO “DNT300”, 1 CLARIFICADOR MARCA “KADANT” MODELO “DAF PPM600E”, 1 TORNILLO DE DESAGUE MARCA “KADANT” MODELO “”, 16 BOMBAS CENTRIFUGAS Y 5 AGITADORES CON SUS RESPECTIVOS MOTORES,, CAÑERIAS Y BRIDAS DE CONEXIÓN, CABLES ELÉCTRICOS, CABLES DE COMUNICACIÓN Y MANGUERAS NEUMÁTICAS, TABLEROS DE CONTROL, TABLEROS ELÉCTRICOS Y TABLEROS NEUMÁTICOS, VÁLVULAS MANUALES, REMOTAS Y CONTROLADORAS, TRANSMISORES DE CAUDAL, PRESIÓN Y CONSISTENCIA, CENTRO DE CONTROL DE MOTORES. UNA (1)
33 COMBINACIÓN DE MÁQUINAS DESTINADAS A LA PREPARACIÓN DE PASTA DE PAPEL COMPUESTA POR: 1 ROTOR PULPER MARCA “KADANT” MODELO “VORTO 50”, 1 HD CLEANER MARCA “KADANT” MODELO “LCK17”, 3 BOMBAS CENTRIFUGAS Y 1 AGITADOR CON SUS RESPECTIVOS MOTORES, 1 DESENFARDADORA COMPUESTA POR: 2 TRANSPORTADORES RECEPTORES, 1 TRANSPORTADOR DESPALETIZADOR, Y 2 TRANSPORTADORES DE CARGA, CAÑERIAS Y BRIDAS DE CONEXIÓN, CABLES ELÉCTRICOS, CABLES DE COMUNICACIÓN, Y MANGUERAS NEUMÁTICAS, TABLEROS DE CONTROL, TABLEROS ELÉCTRICOS Y TABLEROS NEUMÁTICOS, VÁLVULAS MANUALES, REMOTAS, Y CONTROLADORAS, TRANSMISORES DE CAUDAL, PRESIÓN Y CONSISTENCIA. UNA (1)
34 CELDA DE MEDIA TENSIÓN DE 13,2 KV MARCA “KADANT” EN VACÍO, DE 1250 AMP UNA (1)
35 TRANSFORMADOR DE MEDIA TENSIÓN DE 13,2 KV/0,400 KV SECO EN RESINA 3150 KVA MARCA “KADANT” UNA (1)
36 DISPERSOR MARCA “CELWOOD” MODELO “KRIMA” COMPUESTO POR: PRENSA TORNILLO, PLUG SCREW, DESFIBRADORA, PRECALENTADOR, INFEEDER, Y DISPERger UNA (1)
37 FILTRO DE ARENA CON EQUIPAMIENTO COMPLETO MARCA “O.M.C COLLAREDA” MODELO “OMEGAFILTER”. INCLUYE MEDIDOR DE NIVEL, DE FLUJO, DE SOLIDOS, COMPRESOR, EQUIPOS ELÉCTRICOS Y TUBERÍAS ANEXAS. SEIS (6)
38 TURBINA SUPERFICIAL MARCA “OMC “ MODELO “DE 11 KW” Y EQUIPAMIENTO ELÉCTRICO ANEXO TRES (3)
39 PRENSA DE BANDAS MARCA “OMC COLLAREDA” MODELO “BP 2500 2P AISI 304” UNA (1)
40 BOMBAS ASOCIADOS A TRATAMIENTO DE EFLUENTES MARCA “EGGER”TIPO TURO VERTICAL CANTILEVER DE 280 M3/H, 25 MCA Y 30 Kw DE POTENCIA DOS (2)
41 BOMBAS ASOCIADOS A TRATAMIENTO DE EFLUENTES MARCA “ANDRITZ” TIPO CENTRÍFUGA DE 270 M3/H, 12 MCA Y 18,5 kw DE POTENCIA DOS (2)
42 BOMBAS ASOCIADOS A TRATAMIENTO DE EFLUENTES MARCA “ANDRITZ” TIPO CENTRÍFUGA DE 45 M3/H, 15 MCA Y 3 kw DE POTENCIA UNA (1)
43 BOMBAS ASOCIADOS A TRATAMIENTO DE EFLUENTES MARCA “ANDRITZ” TIPO CENTRÍFUGA DE 250 M3/H, 45 MCA Y 45 kw DE POTENCIA DOS (2)
44 FILTRO DE SEGURIDAD MODELO “GAMMAFILTER” MARCA “O.M.C” UNA (1)
45 AGITADORES SUMERGIDOS MARCA “O.M.C” MODELO “ DE 15 KW” DOS (2)
46 SISTEMA DE DESINFECCIÓN UV MARCA “O.M.C” UNA (1)
47 MAQUINA PARA LA FABRICACION DE SERVILLETAS, marca OMET, modelo TV 840.60 UNA (1)
48 EMPAQUETADORA PARA SERVILLETAS, marca Microline, modelo MLX110 UNA (1)
49 ENCAJADORA PARA PAQUETES DE SERVILLETAS, marca Microline DOS (2)
50 MAQUINA PARA LA FABRICACION DE PAÑUELOS, marca Senning, modelo 624.03 UNA (1)
51 EMPAQUETADORA DE PAÑUELOS, marca Senning, modelo 525D-100.1 UNA (1)
52 EMPAQUETADORA SECUNDARIA DE PAQUETES DE PAÑUELOS, marca Senning, modelo 660TG-70 DOS (2)
53 ENCAJADORA DE PAQUETES DE PAÑUELOS, marca Microline. DOS (2)
54 TRANSPORTADORES DE CARTONES A LA ENTRADA DE ISLA DOBLADOS, marca OCME, modelo 1800016A41TC UNA (1)
55 ROBOT MARCA FANUC MOD.M-410IC/185 (185KG) CON PINZA MOTORIZADA UNA (1)
56 CURVA DE RODILLOS MOTORIZADOS, marca OCME, modelo 329 UNA (1)
57 TRANSPORTADORES CARTONES, DE RODILLOS FRICCIONADOS, marca OCME, modelo 1800016A13TC TRES (3)
58 PARADA ELEVACION PLACA, CAMBIO DE VELOCIDAD Y RODILLOS PARADA, marca OCME, modelo 1800016A13FF TRES (3)
59 ELEVADOR Y CENTRALIZADOR DE PALLETS, marca OCME, modelo 1800016A13CP UNA (1)
60 TRANSPORTADORES DE TRES CADENAS, marca OCME, modelo 1800016A13TP TRES (3)
61 PROTECCIONES PERIMETRALES, marca OCME, modelo 1800016A13P UNA (1)
62 PANEL DE CONTROL, CON INVERTER Y ROUTER, DE 23A CON INTERRUPTOS DE 32A, marca OCME, modelo 1800016A13Q UNA (1)
63 TRANSPORTADOR DE PALLETS CON CARRETILLA SOBRE RIELES, PARA DOS SITIOS, marca OCME, modelo 1800016A41TPN UNA (1)

ARTÍCULO 2°.- El monto de los bienes sujetos al beneficio de la presente resolución es de un Valor DAP DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUARENTA Y TRES MILLONES NOVECIENTOS SIETE MIL CIENTO VEINTIUNO CON DOCE CENTAVOS (U$S 43.907.121,12), DAP EUROS UN MILLÓN SEISCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL (€ 1.675.000), FOB EUROS TRES MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y CINCO (€ 3.598.855), FAS DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN DIECIOCHO MIL SETECIENTOS (U$S 1.018.700), CFR DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRES MILLONES CUARENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NUEVE (U$S 3.046.809), FCA DÓLARES ESTADOUNIDENSES CUATROCIENTOS NOVENTA MIL (U$S 490.000), CIF DÓLARES ESTADOUNIDENSES TRESCIENTOS CUARENTA MIL CUATROCIENTOS SETENTA (U$S 340.470), CIF EUROS DOS MILLONES TRESCIENTOS OCHENTA Y OCHO MIL SEISCIENTOS NOVENTA (€ 2.388.690) y FOB DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MILLÓN QUINIENTOS VEINTICINCO MIL CUATROCIENTOS CINCUENTA CON VEINTITRÉS CENTAVOS (U$S 1.525.450,23) (sin repuestos). Asimismo, a fin de determinar el monto correspondiente a repuestos deberá tenerse en cuenta lo previsto en el Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias.

ARTÍCULO 3°.– En virtud de lo estipulado en el Artículo 12 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias se otorga el plazo de UN (1) año a partir de la fecha de la emisión de la presente resolución para la importación de los bienes detallados en el primer artículo de la misma y de los repuestos que se importen al amparo del Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias.

ARTÍCULO 4º.- El incumplimiento por parte de la peticionante de los objetivos establecidos en el proyecto de inversión antes mencionado y/o de las obligaciones establecidas en el Régimen y/o de los límites para importación de repuestos estipulados en el Artículo 10 de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, dará lugar a la aplicación de los Artículos 15 y/o 15 bis de la citada resolución. La sanción dispuesta por el Artículo 15 bis de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, será aplicable también en el caso de comprobarse que la peticionante hubiere incurrido en el incumplimiento previsto en el Artículo 6º de la mencionada resolución.

ARTÍCULO 5º.- En los términos de los Artículos 18 y 19 de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias, infórmese a la Dirección General de Aduanas, dependiente de la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS, entidad autárquica en el ámbito del MINISTERIO DE HACIENDA, a los efectos de que proceda a liberar las garantías oportunamente constituidas. Para ello, deberá verificarse el cumplimiento de la totalidad de las obligaciones a cargo de la interesada, una vez realizados los informes de auditoría en los términos de los Artículos 14 y 14 bis de la Resolución N° 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias y los Artículos 19 y 19 bis de la Resolución N° 204 de fecha 5 de mayo de 2000 de la ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y MINERÍA del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias.

ARTÍCULO 6°.– La peticionante deberá adquirir bienes de uso nuevos de origen local por un monto igual o superior al VEINTE POR CIENTO (20 %) del valor total de aquellos bienes nuevos importados al amparo del presente Régimen, conforme lo establecido en el Artículo 5° de la Resolución Nº 256/00 del ex MINISTERIO DE ECONOMÍA y sus modificatorias. Las adquisiciones mencionadas deberán cumplirse desde la presentación de la solicitud del beneficio ante la Autoridad de Aplicación y hasta el plazo máximo de DOS (2) años posteriores a la fecha de emisión del Certificado de Trámite 712 con fecha 17 de mayo de 2019.

ARTÍCULO 7°.– A través de la Dirección de Exportaciones dependiente de la SUBSECRETARÍA DE FACILITACIÓN DEL COMERCIO EXTERIOR de la SECRETARÍA DE COMERCIO EXTERIOR del MINISTERIO DE PRODUCCIÓN Y TRABAJO, notifíquese a la firma LA PAPELERA DEL PLATA SOCIEDAD ANÓNIMA de la presente resolución.

ARTÍCULO 8º.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Delia Marisa Bircher – Fernando Félix Grasso

e. 30/07/2019 N° 55032/19 v. 30/07/2019

Compartilo

WhatsApp
Facebook
Twitter
LinkedIn
Email